26 de abril de 2024
26 de abril de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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El fiscal general Abel Córdoba representa al MPF en el debate
Comenzó el juicio a dos policías acusados por declarar que había una casa de familia donde funcionaba un prostíbulo
De acuerdo a la acusación, ocurrió en el marco de una investigación de la justicia federal: los integrantes de la Comisaría 38 no dieron cuenta en un documento público del prostíbulo conocido como "La Casona de Flores". Uno de ellos ya registra una condena por la protección brindada a otros tres locales de la zona.

Ante el Tribunal Oral Federal N°2 de la Capital Federal empezó hoy el juicio a dos efectivos policiales acusados de encubrir el funcionamiento de un prostíbulo en el barrio porteño de Flores mediante el falseamiento de un documento público. La primera audiencia del debate oral se celebró a través de la plataforma Zoom y en representación del Ministerio Público Fiscal intervino la Fiscalía General N°2, cuyo titular es Abel Córdoba. La instrucción de la causa estuvo a cargo de la Fiscalía Criminal y Correccional Federal Nº6, que encabeza Federico Delgado.

Según la acusación, el subinspector Sergio David Rodríguez y el inspector Néstor Jorge Barros, integrantes de la entonces Seccional 38ª de la Policía Federal Argentina, falsearon una declaración con el objeto de facilitar que los dueños y administradores de un prostíbulo eludieran el accionar de la justicia mediante el entorpecimiento de una investigación federal. Cabe recordar que Rodríguez ya había recibido una condena del Tribunal Oral Criminal N°20 por cuatros hechos de falsedad ideológica -en el marco del encubrimiento de la cúpula de la comisaría 38ª a prostíbulos en Flores-, que devino luego del desdoblamiento de la pesquisa.

En la apertura del juicio se dieron por incorporados los requerimientos de elevación a juicio y los imputados optaron por no prestar declaración indagatoria. No hubo planteos preliminares por parte de las defensas. El próximo jueves 29 de octubre comenzarán a declarar los agentes de Gendamería que realizaron las investigaciones previas al allanamiento del prostíbulo y revelaron las supuestas falsedades atribuidas a los efectivos policiales acusados.

"Casa de familia"

La investigación de los hechos comenzó a raíz de una denuncia telefónica ante el 911 de la Policía de Provincia de Buenos Aires, el 2 de julio del año 2009, en la cual una mujer sostenía que había sido secuestrada y que se encontraba en la calle Fray Cayetano Rodríguez 120, en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, donde estaba siendo forzada a mantener relaciones sexuales sin su consentimiento.

A raíz de este llamado telefónico el juzgado que se encontraba de turno con las fuerzas de seguridad ordenó que la policía confirmase la constatación del domicilio y se hicieran averiguaciones respecto la titularidad de la línea telefónica desde donde se realizó tal comunicación. En este marco, el Subinspector Rodríguez habría asistido al domicilio y determinado que el lugar se trataba de una casa de familia. Luego la investigación judicial acreditó que dicho establecimiento ya tenía registros de infracción a la ley de profilaxis, en el domicilio y en las inmediaciones. Allí funcionaba un local donde se ofrecían servicios sexuales bajo el nombre de fantasía “La Casona de Flores”. La acusación sostiene que tanto Barros como Rodríguez fueron responsables de la constatación del domicilio denunciado que fue declarado por los oficiales como una casa de familia.

Al requerir la elevación a juicio el MPF sostuvo que “se pueden ver claramente las ilegalidades cometidas por los funcionarios públicos en la causa, donde el personal policial ha falseado una declaración testimonial con el objeto de facilitar que los dueños y/o administradores eludieran el accionar de la justicia mediante el entorpecimiento de una investigación federal”.

Al cierre de la instrucción de la causa, Delgado señaló que “el relato fáctico fue demostrado y no se encuentra discutido en la causa, en tanto son los propios informes los que afirman que el imputado, en su calidad de funcionario policial, constató de manera equivocada una situación con conocimiento de ello. Es decir que no cumplió con una orden judicial. Entonces, se demostró que existió una diligencia policial falsa de la que participó el imputado Barros, por lo que tan sólo resta determinar su responsabilidad en juicio”.