Tras el pedido realizado por el fiscal federal de Paso de los Libres, Aníbal Fabián Martínez, el juzgado federal de esa jurisdicción elevó a juicio oral la causa por la muerte del subteniente del Ejército Argentino Matías Ezequiel Chirino, ocurrida dentro del Casino de Oficiales del Grupo de Artillería de Monte 3 de Paso de los Libres, en junio de 2022, en el marco de una "bienvenida" o "ritual de iniciación", en la que lo obligaron a beber alcohol en exceso, realizar ejercicios extenuantes y sumergirse en una pileta.
En el requerimiento de elevación a juicio formulado por el Ministerio Público Fiscal, los acusados Rubén Darío Ruiz, Claudio Andrés Luna, Hugo Martínez Tárraga Reclus, Exequiel Emanuel Aguilar, Darío Emanuel Martínez, Luis Facundo Acosta y Gerardo Sebastián Bautista fueron considerados coautores del delito de “homicidio simple con dolo eventual” de Chirino y “abuso de autoridad” en perjuicio de otros dos subtenientes. Además, Claudia Daniela Cayata y Franco Damián Grupico fueron imputada e imputado como partícipes secundarios de ambos delitos.
Si bien la Cámara Federal de Apelaciones de Corrientes -en línea con los recursos que habían realizado el fiscal general subrogante Carlos Schaefer y el fiscal federal Martínez- dispuso en septiembre la prisión preventiva de siete militares, las detenciones no se hicieron efectivas porque esa resolución no se encuentra firme debido a que las defensas la recurrieron ante la Cámara Federal de Casación Penal. En el requerimiento, el MPF reiteró la solicitud de que fueran detenidos.
El caso
Al momento de solicitar la elevación a juicio, el fiscal federal señaló que se le imputa a los nueve militares haber causado la muerte de Chirino a través de distintas acciones y omisiones.
Indicó entonces que los imputados le impartieron tanto a Chirino como a otros dos subtenientes distintas órdenes arbitrarias y maltratos, que consistieron en obligarlos a ejecutar diferentes tareas denigrantes. En efecto, tuvo por acreditado que durante la noche del 18 de junio de 2022, cuando los tres tenían el estómago vacío, los obligaron a beber alcohol en exceso, para luego exigirles que se colocaran la ropa de gimnasia de verano y se sumergieran a la pileta del casino de oficiales, cuya agua se encontraba sucia y a baja temperatura. Les ordenaron además que dejaran sus teléfonos celulares sobre la mesa para que no contaran lo que ocurría.
"Con sus conductas crearon un peligro más allá del permitido lo que guarda relación de determinación con el resultado luctuoso. Debe entenderse que habrían actuado con dolo eventual pues se representaron la posibilidad de producción del resultado”, indicó el fiscal Martínez respecto de las personas acusadas.
En ese contexto, también les indicaron que cantaran y recitaran “la oración del soldado” y la misión del Ejército Argentino. Si se equivocaban, debían correr alrededor del quincho o hacer flexiones de brazos.
De acuerdo con la investigación, en el momento en que los tres nuevos subtenientes perdieron el conocimiento, los responsables los abandonaron en una de las habitaciones asignadas a uno de ellos. Chirino terminó en un colchón sobre el piso y sin una frazada, a pesar de las bajas temperaturas registradas aquella noche.
Cerca de las 06.00 de la mañana, el imputado Bautista llamó a la enfermera de guardia y le pidió que fuera hasta la unidad porque uno de los nuevos integrantes “se había pasado de alcohol”. De acuerdo con las constancias, a las 06.30 ingresó a la habitación y notó que Chirino no presentaba signos vitales, por lo que comenzó a realizar la reanimación mientras se decidía el traslado del joven al hospital San José de Paso de los Libres, donde se comprobó el fallecimiento.
Evidencias y calificaciones
En el requerimiento, se tuvieron en cuenta los testimonios de las otras dos víctimas y de dos integrantes del Ejército, así como también las capturas de las conversaciones y chats mantenidas por los involucrados a través de Whatsapp y los estudios médicos practicados.
“No hay dudas que Claudia Daniela Cayata, Gerardo Sebastián Bautista, Franco Damián Grupico, Emmanuel Exequiel Aguilar, Darío Emanuel Martínez, Claudio Andrés Luna, Hugo Reclus Martínez Tarraga y Rubén Darío Ruiz impartieron órdenes arbitrarias y distintos maltratos a los subtenientes nuevos, existiendo relación de causalidad entre los abusos propinados por los sindicados y el resultado luctuoso de Chirino”, remarcó el MPF.
Para la fiscalía, los nueve implicados fueron conscientes del peligro creado en la salud y de todas formas “siguieron adelante sometiendo a la víctima, compeliendolo a beber hasta perder el conocimiento, y luego siendo conscientes del estado de indefensión en que se encontraba Chirino lo abandonaron a su suerte".
Señaló entonces que los imputados no podían desconocer el disvalor de su conducta, “dado que se trata de personas con instrucción militar, por lo que se ha de suponer, que tienen la capacidad de representarse que acciones pueden causar daños en la salud de otra persona”.
“Las particularidades del caso hacen pensar que los oficiales conociendo el daño que podían causar en la salud de los nuevos oficiales, con sus conductas crearon un peligro más allá del permitido lo que guarda relación de determinación con el resultado luctuoso. Debe entenderse que habrían actuado con dolo eventual pues se representaron la posibilidad de producción del resultado”, indicó el fiscal Martínez.
Por otra parte, explicó que las omisiones imputadas a Grupico y Cayata derivaron de su posición de garante, en función de la jerarquía que tenían respecto de los tres subtenientes y que debieron velar por su integridad. “Al respecto, las autopsias practicadas concluyeron que la causal de muerte fue asfixia mecánica que se produjo por broncoaspiración, que puede darse en personas inconscientes y que no tengan plena conciencias, como sería el caso de Chirino, donde los implicados los hicieron beber hasta que perdió el conocimiento”, indicó primero.
“Dicha pérdida de conciencia se debería al consumo excesivo de bebidas alcohólicas -algunas de ellas de alta graduación alcohólica como el whisky, de la cual Chirino no era consumidor- con el estómago vacío, en un corto lapso, por orden de sus superiores lo que le habría producido una intoxicación alcohólica, a lo que suma las demás actividades como sumergirse a la pileta con aguas sucias y a baja temperatura, correr, hacer flexiones de brazo, entre otras, que pudieron haber repercutido negativamente en su organismo”, marcó luego.
Para el representante del MPF, todo lo expuesto hace que concluir que los nueve implicados fueron conscientes del peligro creado en la salud y que de todas formas “siguieron adelante sometiendo a la víctima, compeliendolo a beber hasta perder el conocimiento, y luego siendo conscientes del estado de indefensión en que se encontraba Chirino lo abandonaron a su suerte demostrando indiferencia y aceptando el posible resultado luctuoso toda vez que no tomaron los recaudos mínimos necesarios para evitarlo -custodiarlo, abrigarlo ante las bajas temperaturas reinantes-, máxime cuando el medio utilizado era idóneo para producirlo”.