20 de abril de 2024
20 de abril de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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Requerimiento de la Fiscalía Nacional en lo Criminal y Correccional N°2
Piden enjuiciar a Rafael Di Zeo y otros dos integrantes de la "barra brava" de Boca Juniors por homicidio doloso y lesiones graves
El hecho tuvo lugar el 21 de julio de 2013 en las inmediaciones de la cancha de San Lorenzo de Almagro, horas antes de un partido amistoso. El enfrentamiento entre dos facciones que se disputaban la conducción de la barra brava del club provocó dos muertes y seis heridos de gravedad.

El titular de la Fiscalía Nacional en lo Criminal y Correccional N°2, Santiago Vismara, solicitó la elevación a juicio la investigación seguida contra tres integrantes de dos facciones de la barrabrava de Boca Juniors por homicidio doloso y lesiones graves. Para el representante del Ministerio Público Fiscal quedó demostrada la participación y la responsabilidad de Rafael Di Zeo, Christian Andrés de Vaux y Walter Fabián Coronel en un enfrentamiento entre dos grupos de la barra del club en las inmediaciones del estadio de San Lorenzo de Almagro antes de un partido amistoso, en el que murieron dos personas y otras seis fueron heridas de gravedad.

El hecho ocurrió el 21 de julio de 2013, cuando se enfrentaron dos facciones diferenciadas de la hinchada del Club Atlético Boca Juniors, una de ellas identificada en ese entonces como “la doce oficial”, liderada por de Vaux, presente en el lugar, y otra señalada como “la doce disidente”, liderada por Di Zeo, quien también se hallaba presente dando indicaciones a su grupo. El conflicto desencadenó un enfrentamiento armado para disputarse entre ambos sectores el poder de la “barra brava” del club.

Horas antes del partido, personal de la División Operaciones Urbanas de la Contención de Actividades Deportivas de la Policía Federal Argentina (DOUCAD) se desplazó al estadio  en virtud de que simpatizantes de la parcialidad visitante, pertenecientes a la facción de “la doce disidente”, se hallaba en la intersección de Ana María Janer con la avenida Lafuente. El grupo alegaba haber llegado temprano y tener entradas para el evento, y señaló que una segunda agrupación se encontraba próxima al lugar con intenciones de “arrebatarles el ingreso”.

En un momento dado, este mismo grupo (que conforme las cámaras de seguridad del lugar recibía indicaciones de un sujeto que llevaba casco y se trataría de Di Zeo), comenzó a armarse con palos, piedras y hierros con punta mientras la facción de “la doce oficial”, liderada por de Vaux, comenzó a aproximarse al lugar. Ante ello, las unidades del DOUCAD formaron una barrera de contención en medio de ambas facciones, hasta que comenzaron a producirse una gran cantidad de disparos que motivaron el repliegue de la barrera policial. Como consecuencia de la confrontación se produjo la muerte de Marcelo Ariel Carnevale y Ángel Martín Díaz, ambos por lesiones por proyectil de arma de fuego. Otras seis personas recibieron heridas de gravedad, también producidas por armas, y debieron ser trasladadas al Hospital Argerich de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y al Hospital Paroissien, de Isidro Casanova.

Con motivo de la balacera se incautaron en las inmediaciones del predio una gran cantidad de vainas servidas, cuchillos, percutidos y sin percutir, varillas de metal con punta afilada y una pistola calibre 9 mm  marca Taurus con una munición en recámara y un cargador con catorce proyectiles.

Tanto a Di Zeo como a de Vaux se les imputa haber determinado a un grupo de personas a participar del hecho, lo que produjo como consecuencia resultados lesivos. Además, se los acusa por haber instigado la formación de los respectivos grupos de simpatizantes que lideraban para que tomaran parte activa en los hechos. Por su parte, a Coronel se le imputa el haber provisto las armas utilizadas por el grupo conocido como “la barra de Lomas”, integrante de la facción “disidente”, transportándolas en el baúl de su automóvil, tal como fue filmado en el lugar del hecho.

Para el fiscal Vismara, en el expediente existen “suficientes elementos de convicción que llevan a tener por acreditada tanto la materialidad del suceso como la responsabilidad que en él le cupo a los imputados”. El representante del Ministerio Público Fiscal señaló que la secuencia del enfrentamiento, producido cuatro horas antes del comienzo del partido, se encuentra debidamente probada en la causa a través de declaraciones testimoniales recibidas y las imágenes de video recuperadas. También hizo hincapié en el material balístico secuestrado, que “permiten concluir sobre la magnitud de la confrontación, adecuadamente calificada como ‘una balacera’”.

A través de notas periodísticas de archivo se reconstruyó también el conflicto que por esos años existía en torno al liderazgo de la barra brava del club Boca Juniors, muchas veces acompañadas de los problemas de sus referentes con el sistema de administración de justicia. Di Zeo fue detenido en 2006 y, cuando recuperó su libertad, en 2011 y tras ser absuelto en otra causa al año siguiente, decidió recuperar el poder perdido, por lo que comenzaron los enfrentamientos entre uno y otro bando. Las versiones periodísticas tienen su correlato en la presencia tanto de Di Zeo como de de Vaux aquella tarde, comandando cada uno de los grupos opuestos. En su condición de líderes de los respectivos bandos, determinaron a los integrantes de uno y otro a involucrarse en la recíproca agresión armada, tomando además parte activa en ella.

Una serie de escuchas e intervenciones telefónicas permitió además corroborar no sólo la existencia de dos facciones, sino también la forma jerarquizada y organizada en la que funcionaban, en las que Di Zeo y de Vaux eran las cabezas visibles. Para Vismara, quedó confirmado que la confrontación de aquella jornada “tuvo por objeto establecer cuál de las dos facciones en pugna habría de conducir la barra brava del club - y los negocios que la circundaban -, y que el objetivo de ese día era doblegar al grupo rival, aun a costa de la vida de propios, ajenos y terceros”. Al mismo tiempo, remarcó que la llegada al sitio de la refriega encapuchados y armados demuestra que el choque no respondió a una reacción espontánea, sino a una acción conjunta por quienes eran reconocidos entre sus pares como autoridad.

Con este escenario, el fiscal Vismara concluyó que los hechos investigados constituyen los delitos de homicidio agravado por haber sido cometido con violencia contra las personas mediante el empleo de un arma de fuego -dos hechos-, lesiones graves agravadas por haber sido cometidas con violencia contra las personas mediante el empleo de un arma de fuego -dos hechos- y abuso de armas -cuatro hechos-, todos ellos agravados por haber sido cometidos en ocasión de un espectáculo deportivo. Por estos sucesos, De Vaux y Di Zeo deberán de responder como instigadores, mientras que Coronel lo hará como partícipe necesario.

Además, se les imputa a de Vaux y Di Zeo la instigación de la formación de grupos destinados a cometer los delitos previstos en la norma, que en este caso se trató de dos homicidios y seis hechos de lesiones. Se considera que ambos determinaron al resto de los miembros del grupo a cometer el hecho, que crearon la resolución criminal -y por ende generaron el dolo- en quienes se involucraron directamente y bajo sus expresas órdenes en la recíproca agresión de aquel día. Por este motivo, el fiscal solicitó al titular del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional N°33 que decretase la clausura del sumario y se elevase la causa a un tribunal de juicio.