03 de octubre de 2024
03 de octubre de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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Interviene la Fiscalía Nacional en lo Criminal y Correccional N°32
Procesaron a dos oficiales de la Policía de la Ciudad por encubrir las circunstancias en que falleció un hombre
Fue por decisión de la titular del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional N°8, que además embargó sus bienes hasta cubrir la suma de un millón de pesos cada uno. Por otra parte, dictó la falta de mérito respecto de un inspector principal.

La jueza Yamile Bernán procesó y trabó un embargo de un millón de pesos sobre los bienes de una oficial primero y un oficial primero de la Comisaría Vecinal 3B de la Policía de la Ciudad, acusados de encubrir las circunstancias en las que otro oficial ocasionó la muerte de un indigente. Así lo había requerido el responsable de la Fiscalía Nacional en lo Criminal y Correccional N°32, Leonel Gómez Barbella, que tiene a su cargo la investigación. Por otra parte, la titular del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional N°8 dispuso la falta de mérito respecto de un oficial inspector.

La decisión se da en el marco de la investigación originada en el pedido de extracción de testimonios efectuada en su momento por la fiscal Ana Yacobucci, en el marco de la causa principal por el homicidio del Jorge Martín Gómez, que ya fue elevada a juicio oral.

En diciembre pasado, el fiscal Gómez Barbella había solicitado la indagatoria de los tres efectivos policiales por los delitos de encubrimiento agravado, falso testimonio agravado y falsedad ideológica. En su pedido, había considerado que actuaron “en forma conjunta y coordinada para ocultar, alterar y hacer desaparecer los rastros y pruebas del delito” para ayudar a otro policía con el objetivo de que pueda eludir la investigación en su contra. Allí se hizo referencia a lo sucedido el 19 de agosto de 2019, entre las 7:30 y las 10:30, luego de que el efectivo policial -que ya se encuentra en juicio oral- provocara la muerte de Gómez en la calle Carlos Calvo, entre Saavedra y Alberti. 

Ese día, el oficial y uno de los imputados concurrieron al lugar tras oír una modulación policial que daba cuenta de la presencia de un hombre con actitud agresiva que portaba un cuchillo. Una vez allí, vieron a Gómez quien caminaba por la bicisenda, con sus manos detrás de la espalda y era seguido por la oficial primero, quien les advirtió que el hombre tenía un cuchillo. En ese contexto, el efectivo policial se puso delante del hombre y le ordenó que soltara el cuchillo y le mostrara las manos. Instantes después “le propinó en forma intempestiva una patada en la zona de abdomen que provocó que cayera de espaldas al suelo y golpease la parte posterior de la cabeza, ocasionándole así una lesión cortante en hemitórax de 0,8 cm. a 9 cm. del esternón y 3 cm. de la clavícula, como así también una fractura lineal fronto-parieto-occipital de cráneo con predominio del lado derecho, lesiones estas que condujeron a su muerte poco después ese mismo día”.

En ese contexto, los restantes oficiales desplegaron un accionar tendiente a cubrir lo ocurrido. De acuerdo a lo planteado por el fiscal, omitieron dar a conocer lo ocurrido, fraguaron la escena del crimen, manipularon objetos, otorgaron una versión mendaz de los hechos ante el personal médico que concurrió a asistir a la víctima, obviaron convocar a otra fuerza de seguridad distinta y no labraron actuaciones por los hechos previos cometidos por el fallecido.

En marzo de este año, la Fiscalía había requerido el procesamiento de los tres involucrados debido a que había considerado que sus actuaciones “se enderezaron con un claro rumbo de alteración de la escena del crimen y con el preciso objetivo de encubrir el delito cometido, ayudando de ese modo a su protagonista a eludir la ley”. “No se avocaron a efectuar rápidas tareas vinculadas a preservar la escena con el objeto de establecer lo realmente ocurrido, a la vez que dejaron transcurrir tanto tiempo para concretar consultas con la Fiscalía y el Juzgado de turno correspondiente. Tales maniobras guardan adecuada relación lógica con el intento presuroso y generalizado de hacer pasar por legítima la agresión a Gómez y evitar sus consecuencias”, sostuvo.

En esta línea, la jueza Yamile Bernán entendió que correspondía procesar sin prisión preventiva a la oficial primera y al oficial primero como coautores de encubrimiento agravado por haber sido cometido por funcionarios públicos y como autores del delito de falso testimonio. 

La titular del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional N°8 consideró que ambos oficiales observaron cuando el policía le dio la patada que hizo que Gómez cayera al suelo y que advirtieron ”la gravedad de las lesiones que padeció“. De acuerdo a la resolución, eso permitió explicar porque “obraron como lo hicieron” y con la finalidad de ocultar lo ocurrido para evitar que el policía “pudiese ser responsabilizado por ello”.

“Pese a sus años de experiencia y a que lo que acababan de presenciar ameritaba indudablemente intervención judicial, no iniciaron actuación alguna. Por el contrario, y sin perjuicio de la gravedad de lo ocurrido, actuaron como si nada hubiese pasado”, marcó la magistrada. 

Destacó también que hasta que llegó la ambulancia omitieron secuestrar el cuchillo que Gómez tenía y que luego la oficial primero recogió sin colocarse guantes un destornillador, un gancho metálico y un certificado de discapacidad (elementos que la víctima tenía en su poder) y se los guardó en un bolsillo para luego dárselos al oficial de la Gendarmería Nacional que fue asignado al caso. También señaló que al prestar declaración testimonial ambos declararon falsamente e intentaron hacer creer que Gómez había agredido a su colega con el cuchillo y que el policía “tan sólo había actuado defensivamente”.

En relación al oficial inspector, la jueza destacó que su vinculación a la investigación se da porque, al producirse el hecho, era el jefe de servicio judicial de la comisaría vecinal 3B de la Policía de la Ciudad, y la persona que efectuó las consultas telefónicas por lo ocurrido con la Fiscalía y el Juzgado. Sin embargo, a diferencia de los otros dos imputados, consideró que no existen pruebas en la investigación que lo ubiquen en la escena del crimen y que supiera exactamente lo que había ocurrido.

“No se ha demostrado que el nombrado haya observado lo sucedido ni tampoco que alguna otra persona se lo haya contado fidedignamente, por lo que no se puede afirmar que, al realizar las consultas con las autoridades judiciales, supiera lo que realmente había pasado”, indicó la magistrada Bernán. 

Para la jueza, los elementos con los que se cuenta hasta el momento ”resultan insuficientes” para tener por probado que el oficial inspector “supiera la verdad de lo ocurrido y formara parte voluntariamente del plan para proteger” al policía que pateó a Gómez.

Tras la decisión, la fiscalía a cargo de Gomez Barbella evalúa apelar la falta de mérito dictada a favor del oficial inspector para que la situación sea resuelta por la Cámara de Apelaciones en lo Criminal y Correccional de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.