29 de marzo de 2024
29 de marzo de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
Menu
Reforma judicial
Rívolo confirmó que sólo la Procuradora General puede resolver el reemplazo de un fiscal
Se pronunció luego de que la jueza Servini de Cubría aceptara la excusación presentada por el fiscal Di Lello en la causa contra la reforma del Consejo de la Magistratura. La jueza definió que fuera Rívolo quien siguiera con la causa, pero el fiscal señaló que esa decisión la tenía que tomar la Procuradora General

El fiscal Jorge Di Lello, a cargo de la Fiscalía Nacional en lo Criminal y Correccional Federal N° 1, había planteado una excusación para intervenir en la causa iniciada a raíz de la medida cautelar presentada por la Asociación de Magistrados y Funcionarios de la Justicia Nacional que buscaba frenar la aplicación de la Ley 26.855. La jueza María Servini de Cubría había aceptado la excusación. Sin embargo, dispuso que en su lugar interviniera el titular de la Fiscalía Nacional en lo Criminal y Correccional Federal N° 2, Carlos Rívolo.

A partir de esta medida, Di Lello elevó un escrito a la magistrada, en el que señala que con esa decisión contrariaba lo dispuesto en el art. 120 de la Constitución Nacional y en la Ley Orgánica del Ministerio Público.

Por su parte, Rívolo acompañó la postura de Di Lello. Para esto, señaló que en este caso, el fiscal de primera instancia en materia penal y electoral es, también, el que actúa como fiscal ante la Cámara Nacional Electoral. Por esto, Rívolo sostuvo que Di Lello, funcionalmente, es el fiscal de máxima autoridad en materia electoral.

Luego, Rívolo pasó a analizar la normativa que rige en materia de reemplazo de fiscales. En este sentido, señaló que no existe ninguna regla que prevea específicamente el modo en que deberá reemplazarse el representante del Ministerio Público Fiscal en materia electoral de la ciudad de Buenos Aires. Por lo tanto, basó su opinión en normas que resuelven casos similares.

De esta manera, debido a la autonomía establecida en el art. 120 de la Constitución Nacional, lo específico de la materia electoral y la jerarquía funcional que la ley le asignó al Ministerio Público en estos procesos, Rívolo remarcó que la Procuradora General de la Nación era la única capacitada para determinar qué fiscal debía intervenir en el caso.