De acuerdo a un relevamiento realizado por la Unidad Fiscal Especializada en Violencia contra las Mujeres, entre 2015 y 2020 ocurrieron seis homicidios dolosos de personas trans o travestis que fueron calificado por UFEM como transfemicidios/travesticidios. En el trabajo se determinó que en 2015 y en 2020 se registraron dos casos en cada año mientras que en 2017 y 2019 hubo uno en cada uno.
El relevamiento se dio a conocer en el marco del sexto aniversario del travesticidio de la activista Diana Sacayán, ocurrido en octubre de 2015. La causa está actualmente en la Corte Suprema de Justicia por un recurso de queja presentado por el Ministerio Público Fiscal, tras la decisión de la Cámara de Casación de excluir la agravante por el odio a la identidad de género que había sido plasmada por el tribunal de juicio.
El relevamiento
La UFEM puntualizó, con respecto a las víctimas, que la edad promedio que tenían al momento de ser asesinadas fue de 38 años, por debajo de lo registrado para el total de víctimas de femicidio, que fue de 41 años. Otro de los datos resaltados es que 66% eran de nacionalidad extranjera: tres personas de nacionalidad peruana y una ecuatoriana. Las otras dos eran de nacionalidad argentina. Cinco de las mujeres trans asesinadas ejercían la prostitución y tres mantenían un consumo problemático de sustancias.
Al hacer foco sobre los victimarios, en los seis hechos habrían participado, por lo menos, ocho autores en forma directa: cinco varones que fueron individualizados y tres desconocidos. Los autores serían más jóvenes que las víctimas: el promedio de edad es de 23 años. Como conducta posterior al hecho, todos se fugaron de la escena, algo que distingue a los travesticidios/transfemicidios del resto de los femicidios en donde aparecen otras conductas.
El promedio de edad de las víctimas fue de 38 años, mientras que el de los autores identificados fue de 23. En todos los casos se fugaron de la escena del crimen.
En la actualidad, dos hechos aún se encuentran con autor no identificado. Con respecto a los otros casos, dos presuntos autores de un mismo hecho se encuentran prófugos y otros cuatro están detenidos (tres varones por autoría directa y un varón por partícipe necesario). Si se analizan los vínculos, dos agresores mantenían con la víctima una relación de pareja o sexo-afectiva. El resto eran conocidos recientes, vecinos o personas sobre los que no fue posible establecer una vinculación.
Los crímenes ocurrieron durante fines de semana y cinco de ellos fueron cometidos un domingo. Esta concentración temporal también distingue a los travesticidios/transfemicidios del resto de los femicidios. Cabe resaltar que cinco se produjeron dentro de la vivienda de la víctima y solo uno se produjo en la vía pública. En la mitad de los casos relevados transcurrieron más de dos días entre el crimen y el hallazgo del cuerpo.
Investigaciones judiciales
Con respecto al avance de las causas, hay una que fue archivada con autor desconocido en mayo de 2017 luego de 20 meses. Hay otras dos bajo investigación: una con un autor sin identificar y donde aún se avanza en diversas medidas solicitadas y otra causa donde los posibles agresores están prófugos y con pedido de captura internacional.
Otro de los expedientes ya fue elevado a juicio oral por homicidio agravado por odio y género: se trata de un transfemicidio ocurrido en diciembre de 2020 y allí hay involucrado un autor directo y otro considerado como partícipe necesario. Ambos están detenidos.
Dos causas ya tuvieron sentencia durante el debate oral. Una de ellas fue el travesticidio de Diana mientras que el otro expediente se encuentra actualmente en la instancia de Casación desde febrero de 2020. Allí, se consideró responsable a un hombre del delito de homicidio agravado por el vínculo y se le fijó una pena de prisión perpetua.
El caso de Diana Sacayán aguarda el tratamiento de la Corte Suprema: el Ministerio Público Fiscal y las querellas recurrieron la exclusión de la agravante por odio hacia la identidad de género.
La causa Sacayán
El 6 de julio de 2018, el Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional Nº4 condenó a prisión perpetua a Gabriel David Marino por considerarlo responsable del delito de “homicidio calificado por odio a la identidad de género y por haber mediado violencia de género”. La defensa del hombre cuestionó la sentencia y recurrió a la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional.
Por este motivo, el 2 de octubre del año pasado, la sala I de ese tribunal revisor confirmó la condena a Marino pero modificó la calificación legal del hecho, ya que consideró que correspondía excluir la agravante por odio hacia la identidad de género. La jueza Patricia Llerena y el juez Gustavo Bruzzone consideraron que el homicidio se había dado en un contexto de violencia de género mientras que el juez Luis Rimondi se había inclinado por descartar ambas agravantes.
Contra esta decisión, el fiscal Ariel Yapur y la titular de la UFEM, Mariela Labozzetta, presentaron en representación del MPF un recurso extraordinario para que intervenga la Corte Suprema. También lo hicieron la abogada Luciana Sánchez -en representación de Say Sacayán- y el querellante que representa al Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo (INADI). “Denominar al crimen que nos ocupa como un atentado contra la identidad de género de la víctima era, además, en el caso, una medida indispensable de reparación para la víctima, sus familiares directos y el resto de las personas que integran el colectivo vulnerado del que Diana formaba parte”, habían considerado Yapur y Labozzetta en su presentación.
El 11 de noviembre de 2020, la sala 4 de la Casación declaró inadmisibles los recursos. El Ministerio Público Fiscal y los querellantes presentaron sus recursos de queja ante la Corte, que aún no han sido resueltos.