El Tribunal Oral en lo Criminal Federal N°2 de Salta, integrado por los jueces Juan Carlos Reynaga, Gabriel Casas y Gabriela Catalano, dará inicio mañana al debate oral y público que tiene como único imputado al ex juez federal de Salta Ricardo Lona, acusado por crímenes de lesa humanidad consistentes en la omisión de investigar el modo, tiempo y lugar en que se produjo el secuestro y posterior desaparición del ex gobernador de la provincia de Salta Miguel Ragone, hecho que tuvo lugar el 11 de marzo de 1976.
El tribunal fijó dos audiencias semanales hasta el 25 de septiembre, fecha en que tendría lugar el veredicto. Por parte del Ministerio Público Fiscal intervienen los fiscales generales Carlos Amad y Francisco Snopek. Se prevé la declaración de al menos unos 40 testigos.
El ex magistado, único juez federal de Salta al momento de los hechos, se encuentra imputado por los delitos de prevaricato, omisión de promover la persecución penal de delincuentes y encubrimiento, en carácter de autor. El 11 de marzo de 1976, cerca de las 8:00 horas, Ragone fue interceptado cuando conducía su Peugeot 504 poco después de dejar su casa. Los captores abordaron su automóvil, lo inmovilizaron y luego, desvanecido, lo tiraron en la parte posterior del vehículo. Mientras todo ocurría, la empleada de comercio Margarita Martínez y el comerciante Santiago Arredes, propietario de un almacén, salieron a la calle para ver qué ocurría. Arredes, incluso, salió en defensa de Ragone. Pero los captores dispararon contra ambos: mataron a Arredes de un disparo en el pecho e hirieron a Martínez con una ráfaga de ametralladora.
La acusación
En su requerimiento de elevación a juicio presentado en octubre de 2016, los fiscales señalaron que Ricardo Lona omitió adoptar medidas procesales trascendentes para la pesquisa, indicaron que su accionar se desplegó mediante el control y selección de las medidas que debían adoptarse y la convalidación de irregularidades policiales, lo cual -explicaron- condujo a "hacer desaparecer o frustrar pruebas relevantes para llegar a identificar a los responsables" del atentado. En esa línea, pusieron de relieve que el ex magistrado clausuró de manera prematura la investigación, a pocas semanas de haber recibido el sumario policial.
Para remarcar la deficiente actuación judicial de Lona, los fiscales precisaron en la acusación que el entonces juez federal -el único que tenía la provincia en esa época- nunca citó al testigo que en la víspera de los hechos había advertido a Ragone que un comando había partido desde Córdoba en la noche anterior con el objetivo de asesinarlo. También remarcaron la omisión de Lona de citar a prestar declaración testimonial a las personas del entorno de Ragone y a la testigo Martínez de Leal, y la falta de investigación de las pistas que surgían de las circunstancias que rodearon los hechos.
"Si se estudia la actuación del imputado en los casos denunciados durante el gobierno de la intervención federal de la provincia y durante el gobierno de facto que pasaron por sus manos, se advertirá claramente que su accionar respondía a un patrón común: no investigar los hechos que aparecían cometidos por las fuerzas armadas o de seguridad, en el ámbito de la alegada lucha contra la subversión o situaciones vinculadas", concluyeron.