23 de abril de 2024
23 de abril de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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Intervienen los fiscales Carlos Gonella y Facundo Trotta
El martes comienza en Córdoba el juicio a ex magistrados por incumplimiento de sus deberes y encubrimiento
Un ex secretario, un ex juez, un ex fiscal y un ex defensor serán juzgados por no haber intervenido durante la dictadura frente a las denuncias de violaciones a los derechos humanos formuladas por las propias víctimas sobre hechos que padecieron en el D-2 y en la Unidad Penal N°1.

El Tribunal Oral en lo Criminal Federal N°2 de Córdoba comenzará a juzgar desde el martes al ex secretario del Juzgado Federal N°1 de Córdoba Carlos Otero Álvarez (luego vocal de un tribunal oral federal); al ex defensor oficial Ricardo Haro (luego camarista federal); al ex juez federal N°2, Miguel Ángel Puga, y al ex fiscal federal Antonio Sebastián Cornejo por los delitos de incumplimiento de los deberes de funcionario público y encubrimiento en delitos de lesa humanidad –secuestros, homicidios, violaciones y tormentos, entre otros- de los que resultaron víctimas presos y presas políticas que estuvieron en cautiverio en la Dirección de Informaciones (D-2) de la Policía provincial y la Unidad Penal 1 de la capital provincial.

El debate abordará por primera vez en esa jurisdicción la participación de magistrados en crímenes de lesa humanidad durante la última dictadura. El juicio estará a cargo de los jueces Julián Falcucci (Presidente), José Camilo Quiroga Uriburu y Jorge Sebastián Gallino. El Ministerio Público Fiscal estará representado por los fiscales Carlos Gonella y Facundo Trotta.

De acuerdo con el cronograma previsto por el tribunal, el juicio comenzará con la lectura de la acusación y continuará el 31 de julio con la declaración de los imputados. Luego seguirá el 1°, 7, 8, 22, 28 y 29 de agosto, con las declaraciones testimoniales. Y el 4 y el 5 de septiembre se llevarían a cabo alegatos.

El debate abordará por primera vez en esa jurisdicción la participación de magistrados en crímenes de lesa humanidad durante la última dictadura.

El ex juez Puga y el ex fiscal Cornejo llegan acusado por los delitos de incumplimiento de la obligación de promover la acción penal y encubrimiento por infracción del deber de denunciar delitos en siete hechos.

En tanto, el ex secretario Otero Álvarez deberá responder como autor de incumplimiento de los deberes de funcionario público -abuso de autoridad- en 118 hechos y de la omisión de dar cuenta a la autoridad competente en una detención ilegal en 41 hechos. Finalmente, el ex defensor Haro está imputado como autor de incumplimiento de los deberes de funcionario público en nueve hechos.

De acuerdo con la acusación fiscal, las víctimas de aquellos delitos estaban detenidas a disposición judicial y militar en causas abiertas por violación a la denominada "ley antisubversiva", número 20840. En el marco de las declaraciones indagatorias que les fueron recibidas en esos procesos, que constituyeron la formalización de la persecución política, las víctimas pusieron en conocimiento de jueces, fiscales y defensores la situación violatoria de los derechos humanos que estaban padeciendo en su cautiverio ilegal iniciado en la Dirección de Informaciones de la Policía provincial (D-2) y continuado en la UP1.

"No obstante haber tomado conocimiento de la existencia de detenciones sin orden de autoridad competente, violaciones de domicilios, rapiña de bienes ajenos, secuestros, torturas, violaciones, abusos sexuales y homicidios, no promovieron ni generaron las condiciones para proceder a la investigación de estos delitos (en el caso del juez y del fiscal) o bien –sin tener la competencia para promover su investigación- no lo pusieron en conocimiento de la autoridad competente para hacerlo", describe la acusación.

Asimismo, señaló que "en muchos de los hechos se advierte que en la tramitación de los expedientes las víctimas -entonces imputados- estaban privadas de su libertad sin orden de autoridad que legitimara esa detención". Lejos de adoptar el cese de la detención, "se rechazaba el habeas corpus o se continuaba con el trámite de la causa, y en algunos casos con noticia del fiscal, quien tampoco instaba al juez ordenar la libertad de la persona ilegalmente detenida".