19 de abril de 2024
19 de abril de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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El debate oral por crímenes de lesa humanidad contra más de 800 víctimas
ESMA IV: el juicio culminó con tres penas de prisión perpetua, cuatro a quince años de prisión y una condena a seis años
El TOCF N°5 distinguió entre coautores y partícipes secundarios para aplicar la pena máxima y la de quienes recibieron 15 años de prisión. La pena de menor cuantía correspondió a un ex conscripto, el único de los acusados que transitó el juicio en libertad.

El Tribunal Oral en lo Criminal Federal N°5 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires -integrado por el presidente Daniel Obligado y las vocales Adriana Palliotti y Gabriela López Iñíguez- impuso esta tarde penas de prisión perpetua a un ex oficial de la Armada, a un ex civil de inteligencia del Ejército y a un ex policía federal; de 15 años de prisión para otros cuatro ex marinos; y de seis años de prisión para un ex conscripto, en el final de un nuevo juicio por crímenes de lesa humanidad perpetrados contra casi 800 víctimas en la ex Escuela de Mecánica de la Armada.

El juicio "ESMA IV", como se conoce públicamente al debate, culminó al cabo de dos años y medio de audiencias con las condenas a prisión perpetua para el ex agente de la Policía Federal Raúl Armando Cabral; el ex personal civil del Batallón de Inteligencia 601 del Ejército Argentino, Miguel Conde; y el ex oficial de la Armada Carlos Mario Castellví. Los tres fueron considerados coautores de los delitos de privación ilegítima de la libertad agravada, imposición de tormentos agravados, homicidios agravados y sustracción, retención y ocultamiento de un menor de diez años en diferentes hechos. Conde, además, fue condenado en un hecho de homicidio preterintencional.

En tanto, las penas de 15 años de prisión comprendieron a los ex suboficiales de la Armada Ramón Roque Zanabria, Jorge Luis Ocaranza, José Ángel Iturri y Carlos Néstor Carrillo. El tribunal los consideró partícipes secundarios en los delitos de privación ilegítima de la libertad agravada, imposición de tormentos agravados, homicidios agravados y sustracción, retención y ocultamiento de un menor de diez años en diferentes hechos. La diferencia en la aplicación de las penas respecto de quienes fueron condenados a la pena máxima radica en el grado de participación que les adjudicó el tribunal.

Al momento de pedir las penas en mayo de 2019, el fiscal Félix Crous -entonces a cargo de la acusación- había requerido la imposición de prisión perpetua para todos ellos, sin distinciones.

Finalmente, el tribunal -de acuerdo con la posición del MPF- condenó a seis años de prisión -pena que dio por cumplida- al ex conscripto de la Armada Claudio Vallejos, a quien consideró partícipe necesario del delito de privación ilegítima de la libertad agravada en un caso. Es el único de los acusados que llegó al debate en libertad.

Zanabria y Carrillo actualmente están detenidos en la cárcel, mientras que Castellví, Conde, Cabral, Iturri y Ocaranza cumplen arresto domiciliario. El tribunal dispuso mantener estas situaciones y difirió la forma de cumplimiento de la pena para la etapa de ejecución de la sentencia.

La lectura del veredicto -en la voz del juez Obligado- se hizo pública a través de la transmisión que hizo el Poder Judicial de la Nación por el canal de Youtube del Consejo de la Magistratura. En función de las medidas de prevención sanitaria por la pandemia de COVID-19, la audiencia se celebró mediante la aplicación Zoom, a la cual se unieron las partes y el tribunal.

Antes de abordar las responsabilidades de los acusados, el tribunal declaró que los hechos objeto del proceso "son constitutivos de crímenes de lesa humanidad" y que "por ende son imprescriptibles", y rechazó el pedido que formularon algunas querellas de aplicar la tipificación de genocidio.

También rechazó planteos de las defensas en torno a la inconstitucionalidad de la ley 25.779 -que declaró la nulidad de las leyes de Punto Final y Obediencia Debida-, de violación de plazo razonable y de violación de la garantía de no ser juzgado dos veces por el mismo hecho, y pedidos de nulidad parcial de los alegatos de la parte acusadora.

Tras dar a conocer las penas, el tribunal dispuso remitir copia de la sentencia al Archivo Nacional de la Memoria y a los ministerios de Defensa, de Seguridad y de Salud, y al Colegio Público de Abogados de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Los fundamentos del veredicto serán dados a conocer el 19 de abril a las 18.00.