09 de octubre de 2024
09 de octubre de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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El fiscal general Alejandro Alagia y el auxiliar fiscal Agustín Vanella representan al MPF en el debate
Juzgan al ex agente de Inteligencia del Ejército Raúl Guglielminetti y al ex presidente de la CNV Juan Etchebarne por la persecución al grupo empresario "Chavanne-Grassi"
El juicio comenzó hoy, de manera virtual. Se les atribuye haber conformado e integrado un grupo de tareas "mixto" -que operó entre septiembre y diciembre de 1978 cometiendo privaciones ilegales de la libertad y tormentos sobre 28 víctimas- para intervenir sobre la compra del Banco de Hurlingham.

El Tribunal Oral en lo Criminal Federal Nº5 dio inicio, a través de la plataforma Zoom, al juicio al ex presidente de la Comisión Nacional de Valores (CNV) Juan Etchebarne y al ex agente civil de Inteligencia del Ejército Argentino Raúl Antonio Guglielminetti, por su presunta responsabilidad en las privaciones ilegales de la libertad y tormentos que sufrieron 28 víctimas durante la persecución al grupo empresarial "Chavanne-Grassi". El tribunal está integrado por Daniel Horacio Obligado, Adriana Palliotti y Adrián Federico Grünberg, en tanto que en representación del Ministerio Público Fiscal intervienen el fiscal general Alejandro Alagia y el auxiliar fiscal Agustín Vanella. También se encontraba imputado el ex coronel Francisco Obdulio D’ Alessandri, pero se declaró extinta la acción penal tras su fallecimiento.

La audiencia comenzó cerca de las 9 de la mañana. Se leyó el requerimiento de elevación a juicio y, tras ello, la defensa de Etchebarne intentó formular una serie de planteos preliminares, que fueron rechazados por unanimidad tras la oposición del MPF y la adhesión de las querellas de la APDH, la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación y particular de la familia Grassi. La próxima audiencia se desarrollará el martes 9 de marzo desde las 11:30, ocasión en la que tendrán lugar las indagatorias.

De acuerdo a la investigación realizada por la Fiscalía Federal Nº6 durante la etapa de instrucción, los hechos ocurrieron en el marco de la conformación de un grupo de tareas entre integrantes de las Fuerzas Armadas y la CNV para perseguir a personas vinculadas al grupo empresarial “Chavanne-Grassi”. El accionar delictual juzgado se centra en el periodo que va del 13 de septiembre de 1978 hasta el 22 de diciembre de ese año, fecha en la cual todas las víctimas fueron “legalizadas”, es decir puestas a disposición del Poder Ejecutivo Nacional tras sus privaciones ilegales de la libertad. En este contexto, la fiscalía señaló en su requerimiento de elevación a juicio -formulado en 2014- que la relevancia de la CNV en el accionar estuvo vinculada "a su acceso privilegiado a la información financiera”.

Para el MPF, los hechos ocurrieron en el marco de la conformación de un grupo de tareas entre integrantes de las Fuerzas Armadas y la CNV para perseguir a personas vinculadas al grupo empresarial “Chavanne-Grassi”

Según sostiene la acusación, la génesis de los delitos comenzó con una investigación realizada por la propia Comisión Nacional de Valores que derivó en una denuncia penal, que recayó en el Juzgado Federal N°2 y fue inmediatamente remitida al Cuerpo Primero del Ejército, con los fines de intervenir sobre la compra del Banco de Hurlingham por parte de Juan Chavanne, una de las víctimas. El supuesto fin de este accionar era “recuperar” el dinero que la organización Montoneros habría obtenido por el pago del rescate de los hermanos Juan y Jorge Born, directivos de la firma "Bunge & Born". En ese contexto, el comandante del I Cuerpo de Ejército, Guillermo Suárez Mason, instrumentaría la creación del mencionado grupo que luego ejecutaría los secuestros y los tormentos a los perseguidos del régimen.

El accionar represivo se concretó con el secuestro y traslado de las víctimas a la “cárcel de encausados de Campo de Mayo”, en el partido de San Martín. A su vez, a las víctimas se les iniciaron causas penales en la Justicia Federal como una pantalla. “Más allá de la intervención inicial meramente virtual de la justicia federal, lo cierto es que finalmente quien lo hizo en forma directa fue el grupo de tareas integrado por los acusados, el cual desplegó la represión característica del régimen dictatorial, aunque con otro ropaje, no menos clandestino, pero con algún recurso sí a las formas legales”, señaló el MPF en el requerimiento de elevación a juicio.

En este marco, el empresario Juan Chavanne fue privado ilegalmente de su libertad el 14 de septiembre de 1978, luego de ser secuestrado en el microcentro porteño por un grupo numeroso de efectivos del Primer Cuerpo del Ejército Argentino, armados y vestidos de civil. Luego fue conducido a la sede del Comando del Primer Cuerpo del Ejército en la ciudad de Buenos Aires y posteriormente a la cárcel de Encausados de Campo de Mayo, donde sufrió tormentos. Esta misma mecánica se repetiría con distintas variantes sobre el resto de las víctimas.

El supuesto fin del accionar ilegal de la intervención en la compra del Banco de Hurlingham era “recuperar” el dinero que la organización Montoneros habría obtenido por el pago del rescate de los hermanos Juan y Jorge Born

La cárcel de encausados de Campo de Mayo

La investigación del MPF sostiene que la estructura jerárquica del personal que desarrolló funciones en el predio en el cual permanecieron cautivas gran parte de las víctimas, no difiere sustancialmente de lo que sucedía en otros centros clandestinos de detención. A los agentes de la Gendarmería Nacional se les asignaba la custodia de los detenidos, mientras que a los integrantes del Ejército se les ordenaban los interrogatorios y las sesiones de torturas.

Estaba conformado por celdas ubicadas en el centro que permanecían cubiertas por una especie de tinglado de chapa. Esa característica dio origen a la denominación del lugar como “Las Chapas”. A su vez, los calabozos individuales eran de cemento y poseían una puerta de hierro, sin ventanas y con un tamaño aproximado de 2 metros por 1.50 metros. A su vez, existían dos sectores de celdas, aquellas denominadas “Barrio Sur” y “Barrio Norte”. La diferenciación hacía alusión el trato propiciado a las víctimas.

Responsabilidades

En ese marco, Guglielminetti llegó al debate oral por su intervención, bajo el alias “Ángel Rogelio Gustavino” y como Agente Civil del Ejército Argentino, en la privación ilegal de la libertad -agravada por el uso de violencia y amenazas- de nueve personas que luego sufrieron cautiverio en el CCD. A Etchebarne se le endilga, en calidad de Presidente de la Comisión Nacional de Valores -cargo que desarrolló desde el 9 de junio de 1976 hasta el 4 de junio de 1983- haber sido partícipe necesario de las privaciones ilegales de la libertad agravadas de 23 víctimas en el mencionado centro clandestino.

Al fallecido D'Alessandri se le atribuyó haber actuado como jefe del grupo de tareas constituido en torno a la transferencia de acciones por medio de la cual se concretó el traspaso del Banco de Hurlingham entre los grupos Graiver-Chavanne-Grassi. En ese carácter habría intervenido como autor de los secuestros, cautiverio e interrogatorios de las 28 víctimas.

Contexto histórico

En el REJ la fiscalía analizó que "el objetivo real" de la dictadura no era la neutralización de las organizaciones armadas sino "desatar una feroz represión tendiente a despolitizar, desmovilizar y disciplinar a la población en su conjunto". Además, el MPF señaló la voluntad de la represión de "penetrar en todas las esferas de la sociedad civil para 'normalizar' el momento histórico, para redefinir identidades compatibles con un régimen que, en su alocución inicial, señaló que 'no tenía plazos, sino objetivos'".

En ese marco, la fiscalía a cargo de Federico Delgado había señalado el “uso particularista” de las leyes 20.840 -que tipificaba los delitos de subversión económica- y 21.460 -que complementaba el régimen procesal penal vigente autorizando a las Fuerzas Armadas "para la investigación sumaria de delitos de connotación subversiva"- "en tanto permitieron formar un grupo de tareas mixto". "Si bien es cierto -continuó- que la primera de las normas fue dictada previo a la dictadura, su aplicación fue moldeada e interpretada de acuerdo a la necesidad que tenía el gobierno militar de recuperar ese dinero para el financiamiento de su accionar represivo y para evitar que solvente las actividades de quien era considerado el 'enemigo'”.  Esos fueron, para el MPF, algunos de los instrumentos legales con los que se vistió el accionar represivo ilegal que culminó en los hechos investigados.