29 de marzo de 2024
29 de marzo de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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El ex magistrado gozaba de la exención de prisión
Salta: el ex juez Lona fue detenido y procesado por la Masacre de Las Palomitas
La medida fue dispuesta por el juez Federal Fernando Poviña y es el resultado de un largo proceso motorizado por el Ministerio Público Fiscal y las querellas para que el imputado deba responder por su intervención como juez en los homicidios de once prisioneros políticos en 1976. Lona se descompensó y está provisoriamente con guardia policial en su casa.

El ex juez Federal de Salta, Ricardo Lona, fue detenido esta tarde luego de que el juez Federal Fernando Poviña dictara hoy su procesamiento como partícipe necesario en la Masacre de Las Palomitas, un emblemático episodio de la represión ilegal en la provincia en el que 11 presos políticos fueron ejecutados durante un traslado fraguado el 6 de julio de 1976.

Con la orden de detención, Poviña además dispuso el allanamiento del domicilio del imputado, que sufrió una descompensación al enterarse de que se le había revocado la exención de prisión de la que venía gozando. De tal forma, por consejo médico el juez dispuso que el imputado continuara detenido en su casa pero con una custodia policial. No se trata de una prisión domiciliaria, sino de un paso previo y provisorio a la prisión efectiva.

El procesamiento y la detención de Lona, que se concretó alrededor de las 14:00, es el resultado de un largo proceso en el que la Procuraduría de Crímenes contra la Humanidad y el fiscal Horacio Azzolín vienen trabajando para lograr que sea juzgado por su intervención en graves violaciones a los derechos humanos en su carácter de magistrado durante la época del terrorismo de Estado.

Lona fue indagado por Poviña el 27 de febrero pasado, luego de que la Cámara Federal de Salta -por orden de la Corte Suprema- dictara la nulidad del sobreseimiento con el que el ex juez había sido beneficiado en 2007 en esta misma causa por la fallecida jueza Gladys Graciela Comas, quien lo había procesado por incumplimiento de los deberes de funcionario público y sobreseído por el delito de encubrimiento.

Aquella resolución de Comas fue apelada por el fiscal Domingo Batule y las querellas, y también por las defensas. Un año después, el 19 de agosto de 2008, la Cámara Federal de Salta falló que los delitos imputados a Lona estaban prescriptos, dado que consideró que el incumplimiento de las funciones no eran crímenes de lesa humanidad, y lo sobreseyó.

El fiscal General Héctor Pérez recurrió la resolución de la Cámara porque entendía que los delitos imputados estaban incluidos en aquella categoría internacional y, por lo tanto, son imprescriptibles. Asimismo, la Fiscalía estimó "arbitraria la decisión porque no se había examinado en su totalidad la conducta del imputado", teniendo en cuenta -sostuvo- que Lona pudo haber formado parte de "un hecho delictivo de mayor envergadura partiendo de la base de la presunta existencia de un acuerdo previo para trasladar a las víctimas" que fueron asesinadas.

De esta forma, los representantes del Ministerio Público pusieron de relieve un aspecto que no había sido reconocido ni por la jueza de primera instancia ni por la Cámara Federal: que Lona haya sido partícipe de los hechos y no sólo un incumplidor del deber posterior de investigar los crímenes, dado que ese incumplimiento, podía ser, en realidad, un conducta derivada de haber intervenido en los delitos.

Así, la causa llegó hasta la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que el 12 de septiembre de 2012 dio la razón a la Fiscalía y a las querellas, revocó la decisión de la Cámara Federal y le ordenó dictar un nuevo pronunciamiento. Esa resolución del tribunal de alzada salteño, dictada en junio del año pasado, derivó en la convocatoria a declarar en indagatoria de febrero pasado.