28 de abril de 2024
28 de abril de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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Alegato del fiscal general Carlos Amad y del fiscal ad hoc Juan Manuel Sivila
Salta: piden 25 años de prisión para el exdueño de la Veloz del Norte y 23 años de prisión para su exjefe de personal y para un excomisario por secuestros y torturas a 17 trabajadores
Los representantes del MPF destacaron la calidad de delitos de lesa humanidad de los hechos y describieron el caso como un “accionar conjunto de las fuerzas estatales represivas y el empresariado” dirigido a disciplinar al movimiento obrero.

El fiscal general a cargo del área de Derechos Humanos de la Unidad Fiscal Salta, Carlos Martín Amad, y el fiscal ad hoc Juan Manuel Sivila requirieron ayer la imposición de 25 años de prisión para el expropietario de la empresa "La Veloz del Norte", Marcos Jacobo Levín, y de 23 años de prisión para el exjefe de personal de la firma, José Antonio Grueso, y para el ex titular de la Comisaría Cuarta de Salta, Víctor Hugo Almirón, por crímenes de lesa humanidad contra 17 trabajadores de aquella transportista.

El pedido de penas fue el corolario del alegato pronunciado ante el Tribunal Oral Federal N°1 de Salta, integrado por Marta Liliana Snopek (presidenta), Alejandra Cataldi y Abelardo Basbus. El juicio se lleva adelante desde el 3 de octubre pasado, tanto de manera presencial como por vía remota.

Los representantes del MPF consideraron a Levin el instigador de los delitos de “privación ilegal de la libertad cometida con abuso funcional agravada por haberse cometido con violencia y amenazas en concurso real con imposición de tormentos agravada por ser las víctimas perseguidas políticas” en perjuicio las 17 víctimas

A Grueso, en tanto, lo acusaron en calidad de partícipe necesario de los delitos de privación ilegal de la libertad cometida con abuso funcional agravada por haberse cometido con violencia y amenazas y por su duración de más de un mes en perjuicio de Víctor Manuel Cobos, en concurso real con privación ilegal de la libertad cometida con abuso funcional agravada por el uso de violencia y amenazas, en perjuicio de otros 16 empleados, hechos que concurren en forma real con el de imposición de tormentos contra 17 víctimas, agravado por tratarse de perseguidos políticos.

El excomisario Almirón fue acusado por la fiscalía como autor mediato de los delitos de privación ilegal de la libertad cometida con abuso funcional, agravada por haberse cometido con violencia y amenazas, en concurso real con imposición de tormentos, agravada por ser las víctimas perseguidas políticas, en perjuicio de 16 víctimas.

Previamente, el abogado de la querella de la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación, Gastón Casabella, había requerido la imposición de 25 años de prisión para los tres acusados por la misma calificación legal propuesta por la fiscalía al inicio del debate. Por su parte, el representante de la Defensoría Pública de Víctimas de esa provincia, Nicolás Escandar, pidió para Grueso una pena de 18 años de prisión por los mismos delitos por los que fue llevado a juicio.

Con los alegatos de las partes acusadoras, la presidenta del tribunal dio por cerrada la audiencia hasta el próximo miércoles, cuando será el turno de las defensas. Para el día siguiente está previsto que se dé a conocer el veredicto.

Levín transita su segundo juicio oral. El 28 de marzo de 2016 fue condenado -el fallo aún no está firme- a 12 años de prisión por los delitos de privación ilegítima de la libertad y tormentos en perjuicio de Víctor Manuel Cobos, delegado gremial de la Unión de Trabajadores del Automotor (UTA) en “La Veloz del Norte”.

La fiscalía calificó las detenciones como "quirúrgicas" y explicó que no se podrían haber ejecutado sino con el aporte del empresario, pues no existe ninguna prueba de que se hayan realizado tareas de campo para ubicar a cada uno de los trabajadores, que -como coartada- habían sido denunciados en sede penal por un fraude a la firma.

Fundamentos del pedido de la fiscalía

En su exposición, el fiscal Amad ratificó las imputaciones a los tres acusados. Refirió que los hechos se iniciaron con procedimientos policiales realizados entre el 20 de enero y el 24 de enero de 1977 en las provincias de Salta y Tucumán, cuando efectivos de la exComisaría Cuarta de la policía provincial, a cargo de Almirón, detuvieron sin orden judicial a unos 25 trabajadores de la empresa de Levín.

Sostuvo que, en función de las pruebas desarrolladas en el debate, quedó acreditado con certeza “el accionar conjunto de las fuerzas estatales represivas y el empresariado”, en este caso representado por Levín, quien era el dueño de una de las empresas de transporte más importante del país.

Amad confirmó que las detenciones ilegales, que se concretaron en la empresa, en los domicilios particulares o bien se efectivizaron en la comisaría, adonde habían sido previamente citadas las víctimas, se lograron gracias al aporte de información por parte del empresario a través de Grueso, quien era su mano derecha dentro de la firma.

El fiscal descartó de plano la coartada esgrimida en su descargo por el empresario respecto a que todo se originó debido a una denuncia que él mismo formuló el 21 de enero de ese año sobre maniobras de estafas, consistente en la venta “melliza” de boletos. Levín había afirmado que descubrió el fraude y que las detenciones se produjeron por orden de la justicia, y que se debieron al aporte que dio uno de los empleados.

Esta hipótesis, sin embargo, fue desechada por la fiscalía, al explicar que sólo fue una excusa para avanzar con los procedimientos ilegales, que no sólo abarcaron la provincia de Salta sino también Tucumán, con lo cual consideró probada la participación de varias fuerzas de seguridad estatales, en el marco del plan sistemático de represión imperante en el gobierno de facto.

Amad señaló, a su vez, que las detenciones no se podrían haber ejecutado sino con el aporte del empresario, pues no existe ninguna prueba de que se hayan realizado tareas de campo para ubicar a cada uno de los supuestos implicados en el fraude denunciado. En tal sentido, el fiscal calificó las detenciones como “quirúrgicas”.

“No hubo ninguna pesquisa ni nada, se hicieron con el aporte de Levín mediante Grueso, quien confeccionó la lista de los empleados que iban a ser detenidos, entre los cuales se hallaba Cobos (delegado gremial de la UTA) y los trabajadores que apoyaban las actividades sindicales dentro de la empresa”, indicó el fiscal.

En esa línea, Amad recordó la intervención del expolicía Víctor Bocos, quien se desempeñaba también en la comisaría Cuarta, pero, a la vez, trabajaba como inspector dentro de la empresa transportista y mantenía una relación estrecha con Levín y Grueso.

La fiscalía repasó los testimonios de las mismas víctimas, quienes ratificaron en el juicio que vieron a Levín y a Grueso cuando eran torturadas.

El fiscal calificó de “irrisible” que el empresario intentara aludir a la existencia de una asociación ilícita de empleados para apropiarse de un talonario de pasajes y que por ello la situación económica de la empresa se viera seriamente afectada. Añadió que, después de la denuncia, la preocupación de Levín desapareció, pues no siguió las alternativas del proceso penal abierto contra los empleados.

Amad recordó que el empresario terminó por reincorporar a gran parte de los trabajadores que había acusado de infieles, y que intentó justificarlo en que se trataba de personal especializado que no podía remplazar, cuando en realidad se trataba de un oficio, como el del chofer, que no exigía una instrucción compleja.

Amad insistió por ello en que las detenciones, seguidas de torturas de todo tipo, en las que hubo golpes, sesiones con picanas eléctricas y amenazas, solo tuvieron el único objetivo de disciplinar a los trabajadores y así lograr un mayor control dentro de su empresa.

Aporte económico

El fiscal sostuvo que la intención del empresario era “deshacerse” del delegado gremial Cobos, a quien terminaron por exonerarlo de la firma, con lo cual lograron desarticular las actividades sindicales. En ese sentido, calificó la intervención de Levín como un caso paradigmático de responsabilidad empresarial.

La fiscalía hizo también referencia a otras maniobras de parte de Levín y Grueso, como enviar empleados leales a las reuniones que hacía Cobos con los trabajadores que lo apoyaban para tenerlo vigilado. Explicó que la estrategia no sirvió, puesto que los emisarios eran fácilmente reconocidos.

Asimismo, recordó que la Federación de Empresarios Salteños del Transporte Automotor de Pasajeros (FESTAP) había adoptado una estrategia abiertamente represiva y remitió notas al jefe de la Guarnición Militar de Salta, al jefe de la Policía de la provincia de Salta y al jefe de la Delegación Salta de la Policía Federal para que aplicara a la UTA la ley nacional N°20.840, conocida como “Ley de Seguridad Nacional”, con lo cual pretendió dar cobertura legal a las acciones represivas ilegales.

Para los fiscales, este pedido, que fue formalizado el 20 de marzo de 1976, casi un año antes de los hechos, no fue casual ni aislado, sino que formó parte del plan de reorganización nacional que el gobierno militar impulsaba, que no sólo estaba dirigido a combatir supuestos componentes subversivos sino tenía también el objetivo de una reestructuración económica.

La fiscalía reafirmó la participación de los tres acusados en los hechos en sus distintos roles. Repasó los testimonios de las mismas víctimas, quienes ratificaron en el juicio que vieron a Levín y a Grueso cuando eran torturadas, mientras que una vecina, ajena al proceso, indicó que había escuchado los gritos de las personas torturadas por el personal policial, dirigido por Almirón y supervisadas por Levín y Grueso.

La fiscalía agregó que, burdamente, los policías encendían una radio o el motor de una motocicleta para tapar los alaridos de dolor de los detenidos. Destacó también el testimonio de otra mujer, quien indicó que, dentro de las instalaciones de la empresa, funcionaba una oficina de la policía. La fiscalía agregó que eso quedó probado por otro testigo, quien reveló que fue detenido en la vía pública y, por unas horas, lo alojaron en la sede empresarial.

Por último, los fiscales mencionaron la utilización de vehículos de la empresa, un micro y un automóvil, como también un chofer, para la ejecución de las detenciones ilegales.