16 de abril de 2024
16 de abril de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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Hoy es el Día de la Acción Ambiental por la Cuenca Matanza Riachuelo
A 13 años del fallo "Mendoza", el Ministerio Público Fiscal presenta sus acciones más relevantes
El 8 de julio de 2008 la Corte Suprema dispuso que el saneamiento de la cuenca Matanza Riachuelo debía ser abordado de forma interjurisdiccional. Desde entonces, diversos organismos trabajan en la ejecución de la manda. La situación actual, las dificultades, el trabajo desarrollado y la mirada del MPF, en un informe a cargo del área del procurador fiscal Víctor Abramovich.

El área de la Procuración General que interviene en representación del MPF ante la Corte Suprema en la ejecución del fallo "Mendoza", que ordenó la acción de diferentes jurisdicciones y organismos del Estado para el saneamiento de la cuenca Matanza Riachuelo, presenta las principales acciones desarrolladas en los últimos años dirigidas a lograr el objetivo indicado y un análisis sobre la situación actual.

El procurador fiscal Víctor Abramovich, quien representa al MPF ante el máximo tribunal, destacó el trabajo emprendido y realizó un balance. "Advertimos una situación crítica por la demora prolongada en el cumplimiento de las mandas, lo que resultó agravado por los efectos de la reciente crisis sanitaria. Si bien las condiciones de la cuenca no pueden desvincularse del contexto social y ambiental del territorio en el que se encuentra, observamos que algunos temas específicos de esta causa judicial podrían haberse resuelto a lo largo de los años con políticas mejor diseñadas, y una actitud más diligente de las autoridades estatales involucradas", indicó.

Asimismo, explicó que "entre los temas urgentes" se observa "con preocupación la situación de los barrios en que habitan los vecinos relocalizados, y la demora en avanzar con los procesos de relocalización pendientes". Por tal motivo, señaló que se sigue "con expectativa el desarrollo de las obras de infraestructura que se encuentran en proceso de ejecución" estimó "fundamental favorecer la organización y participación de los/as vecinos/as de la cuenca en las decisiones que se adopten en el marco del proceso, así como un papel de supervisión más enérgico de la Corte Suprema y de los jueces que tienen delegada la ejecución".

El procurador fiscal entendió "relevante preservar activo el espacio interinstitucional con participación del Cuerpo Colegiado, las defensorías del pueblo y los ministerios públicos, para discutir estrategias e intercambiar información sobre el proceso judicial y la situación de la cuenca, y lograr mayor interlocución con ACUMAR [la Autoridad de Cuenca Matanza Riachuelo] y las autoridades responsables".

Esas conclusiones fueron comunicadas y advertidas por el procurador fiscal a la Corte Suprema el 22 de marzo pasado, en el marco de su último dictamen en relación al caso en el que se analizó la situación habitacional del Barrio Padre Mugica.

"Advertimos una situación crítica por la demora prolongada en el cumplimiento de las mandas, lo que resultó agravado por los efectos de la reciente crisis sanitaria".

Acciones del MPF

Las conclusiones y el desarrollo de las acciones son parte de un documento elaborado por el área a cargo de Abramovich por invitación de la Defensoría del Pueblo de la Ciudad de Buenos Aires, que conmemorará los 13 años del fallo "Mendoza" con una publicación al respecto.

Además de Abramovich en representación de la Procuración General ante la Corte, en los expedientes de ejecución de la sentencia intervienen la titular de la Fiscalía Federal n° 2 de Morón, Mariela Labozetta, el titular de la Fiscalía Nacional en lo Criminal y Correccional Federal n° 5, Franco Picardi, quienes actúan ante los juzgados federales con competencia delegada por la Corte. Esta representación también cuenta en la causa con la asistencia de la Unidad Fiscal para la Investigación de Delitos contra el Medio Ambiente (UFIMA) y la Dirección General de Acceso a la Justicia (ATAJO).

Las siguientes son las acciones más relevantes en materia de intervención.

1. Mesa Interinstitucional.

A instancias del Ministerio Público, en 2017 se conformó la Mesa Interinstitucional integrada por la Defensoría General de la Nación, la Defensoría General de la Ciudad de Buenos Aires, la Defensoría del Pueblo de la Ciudad de Buenos Aires y su Observatorio de Derechos Ambientales, la Defensoría del Pueblo de la Provincia de Buenos Aires, la Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia (ACIJ), el Cuerpo Colegiado, la Dirección General de Acceso a la Justicia (ATAJO) del MPF y la cátedra de Ingeniería Comunitaria de la Facultad de Ingeniería de la Universidad de Buenos Aires (UBA).

La mesa elaboró una propuesta para fortalecer y agilizar el proceso de ejecución de la sentencia que incluyó la participación formal de actores hasta el momento ausentes y herramientas de fiscalización adecuadas y efectivas.

2. Asistencia técnica especializada: convenios con el CONICET

En 2019 el MPF firmó un convenio con el objeto de que el Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas (CONICET), a través de las Redes Institucionales Orientadas a la Solución de Problemas (RIOSP), brindara asistencia. La iniciativa fue posible a raíz de la firma en 2015 de un convenio marco por ambas instituciones, con el objeto de incrementar la disponibilidad y gestión de recursos periciales que requirieran los integrantes del MPF en el marco de su actuación orgánica.

De tal forma, el programa de Ciencia y Justicia del organismo científico quedó a cargo de realizar el seguimiento de los resultados de la asistencia técnica para eventualmente identificar otras posibles temáticas para la cooperación.

La asistencia se centró en el sistema de indicadores implementados por la Autoridad de Cuenca Matanza Riachuelo (ACUMAR) para medir el nivel de cumplimiento de las mandas judiciales; y de los objetivos fijados en el Plan Integral de Saneamiento Ambiental (PISA) y en el proyecto de reglamentación de la Resolución de ACUMAR n° 46/2017 sobre “Límites admisibles de vertido de efluentes, líquidos, usos y objetivos de calidad de agua y declaración de agente contaminante”, que fue sometido por el Juzgado Federal de Morón al régimen de elaboración participativa de normas establecido en el decreto 1172/2003, al hacer lugar el 14 de diciembre pasado al pedido del área a mi cargo y la fiscalía federal de Morón.

Se observa "con preocupación la situación de los barrios en que habitan los vecinos relocalizados, y la demora en avanzar con los procesos de relocalización pendientes".

3. Legajo de control Barrio Padre Mugica

El fiscal Picardi presentó un recurso extraordinario federal contra la resolución adoptada por el Juzgado Federal N°12 de la Capital Federal por la que dispuso el archivo del legajo de control del Barrio Padre Mugica. El fiscal sostuvo, principalmente, que la decisión había sido intempestiva y que privaba a los habitantes del lugar de participar en una decisión que impacta en forma directa sobre su derecho a la vivienda digna y a la salud.

En el marco del sostenimiento del recurso extraordinario interpuesto por el fiscal, en marzo de 2020 se solicitó la asistencia técnica del CONICET para incorporar un estudio de diagnóstico respecto del estado constructivo y las condiciones de habitabilidad de dicho complejo urbano.

El estudio pericial producido fue presentado ante la Corte Suprema, junto al sostenimiento del recurso extraordinario del fiscal Picardi, el 25 de marzo de 2021. Con base en las lesiones y los procesos patológicos observados, el informe concluye que en ese complejo habitacional no se encuentran garantizadas las condiciones de habitabilidad adecuadas para la población.

4. Análisis presupuestario

La Dirección General de Asesoramiento Económico y Financiero en las Investigaciones (DAFI) de este Ministerio Público prestó asistencia técnica para examinar y analizar la información presupuestaria sobre el saneamiento de la cuenca. El informe técnico del 4 de junio de 2019 estudia los años 2017 a 2019 y fue puesto en conocimiento del juzgado y la fiscalía federales de Morón. Da cuenta de reducciones en el presupuesto, eliminación de programas o áreas, subejecución de lo asignado, disminuciones presupuestarias interanuales en términos reales, entre otros.

El juez federal ordenó a la ACUMAR que brindara la información necesaria y la desagregara por carteras y organismos intervinientes y encomendó a la presidencia de aquella entidad incluir en los informes trimestrales la totalidad de la información presupuestaria requerida.

5. Intervención respecto de la estrategia sanitaria

La Auditoría General de la Nación (AGN) auditó el período 1/1/16 al 31/12/17 del PISA y presentó el informe correspondiente ante el Juzgado Federal de Morón n° 2. A su vez, el Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal n° 12 elaboró un informe (junio de 2018) que presentó ante la Corte Suprema. Los dos trabajos plantean una serie de conclusiones sumamente críticas respecto de la marcha de la estrategia sanitaria en la causa.

Luego, este Ministerio Público solicitó al juez de Morón que se realizara una evaluación externa respecto de la estrategia implementada por ACUMAR. El 7 de octubre de 2019, el juez resolvió requerir a la Dirección de Salud de la ACUMAR que en un plazo de tres meses presentara una reformulación al Plan Sanitario de Emergencia en el que se tuviera en cuenta las indicaciones realizadas por la Corte Suprema, por los otros distritos y por la AGN.

En febrero pasado la ACUMAR aprobó el documento denominado "Plan Sanitario de Emergencia 2021-2023" cumpliendo, primariamente, conforme el juzgado de Morón, con los parámetros ordenados por el tribunal en aquella resolución de 2019. En este sentido, el 3 de marzo pasado el juzgado resolvió tener por presentado y cumplido lo ordenado y poner en conocimiento de los resuelto a la Corte Suprema.

6. Acciones relativas a la recomposición del aire

En marzo de 2019 la Corte Suprema reclamó al juez federal de Morón la recomposición del aire de la cuenca y solicitó que se ordene a ACUMAR que estableciera en 20 días el elemento numérico requerido para monitorear la presencia del parámetro benceno en el aire, de acuerdo con la resolución ACUMAR 2/2007.

Luego, el juzgado ordenó que se proponga un organismo con capacidad técnica suficiente para analizar los efectos de los parámetros de la normativa en materia de aire sobre la calidad de vida de los habitantes de la cuenca y que indiquen los puntos a peritar.

Personal especializado de UFIMA elaboró un informe técnico que se presentó en el expediente refiriendo los organismos con capacidad técnica para analizar los efectos de los parámetros de la normativa en materia de aire y para que establezcan los parámetros a analizar.

En octubre de 2019, el juzgado rechazó la designación del Cuerpo Médico Forense, designó al CONICET como organismo con capacidad técnica y puso en cabeza de la ACUMAR la suscripción de los convenios específicos que pudieran requerirse.

Abramovich estimó "fundamental favorecer la organización y participación de los/as vecinos/as de la cuenca en las decisiones que se adopten en el marco del proceso, así como un papel de supervisión más enérgico de la Corte Suprema y de los jueces que tienen delegada la ejecución".

7. Rellenos de tierra y contaminación en Villa Inflamable

A principios de 2018, a raíz de denuncias de vecinos/as y de ACIJ, la Dirección General de Acceso a la Justicia (ATAJO) de este Ministerio Público, junto con el área a mi cargo, realizó un operativo de constatación de la situación de contaminación y relleno de terrenos. Como consecuencia, UFIMA inició una investigación preliminar y ordenó a la división ambiental de la Policía Federal y al Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible (OPDS) de la Provincia de Buenos Aires realizar una inspección ocular de ciertas zonas del barrio. Luego de tomar declaración testimonial a personal del OPDS y de las demás constancias, UFIMA resolvió que no se logró determinar que la tierra acopiada se encontrara contaminada, razón por la cual se remitieron las actuaciones a conocimiento del Juzgado Federal n° 2 de Morón.

En ese marco, el magistrado ordenó a ACUMAR que conforme una mesa de trabajo a efectos de abordar el tema de los rellenos ilegales en el barrio.

A raíz de ello, ACUMAR convocó a sucesivas reuniones con los organismos con competencia en el tema y elaboró un proyecto de protocolo de actuación. El MPF promovió la participación de vecinos y vecinas en el proceso y, a través de ATAJO, consensuó que las denuncias sobre esos rellenos fueran formuladas ante esa oficina para que se pudiera darles el curso correspondiente.

La situación actual como un “nuevo” escenario de partida

En referencia al futuro inmediato, en el dictamen del 22 de marzo pasado ante la Corte la Procuración General puso a consideración algunos aspectos que deberían ser ajustados por la Corte Suprema de Justicia de la Nación, para una mejor gestión de la causa, y un mejor cumplimiento de la sentencia del 8 de julio de 2008:

1- Readecuación del mecanismo de seguimiento y fiscalización de las órdenes judiciales.

a) Generar un mecanismo de seguimiento en la Corte Suprema

b) Aumentar la frecuencia y periodicidad de audiencias públicas con información previa

c) Instruir un sistema adecuado de indicadores de cumplimiento de las mandas judiciales.

d) Desarrollar un mecanismo de revisión judicial adaptado a las particularidades del caso.

e) Desarrollar un dispositivo que permita contar con recursos técnicos periciales, que acompañen la complejidad técnica de los asuntos que se abordan en la causa.

2- Garantizar la legitimación procesal de las defensorías públicas actuantes con el fin de resguardar la representación de los vecinos.

3- Impulsar un dispositivo adecuado de participación de la comunidad afectada.