26 de octubre de 2024
26 de octubre de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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En el debate intervino el fiscal general Carlos Schaefer junto a la PROTEX
Paso de los Libres: penas de hasta 8 años de prisión para cinco personas por trata de personas con fines de explotación sexual
Así lo resolvió el Tribunal Oral Federal de Corrientes. Además, ordenó el pago de la reparación equivalente a la suma de 50 millones de pesos para cada víctima, que deberán pagar los condenados de forma solidaria. El 20 de octubre se conocerán los fundamentos

El Tribunal Oral Federal de Corrientes, integrado por los jueces Víctor Alonso González, Fermín Amado Ceroleni y Manuel Alberto Jesús Moreyra, condenó ayer a cinco personas por el delito de "trata de personas con fines de explotación sexual agravado por haber sido cometido mediante abuso de la situación de vulnerabilidad de las víctimas, amenazas, violencia y engaños, por la intervención de más de tres personas y por haberse consumado la explotación sexual". Los fundamentos se conocerán el próximo 20 de octubre.

En el debate, intervino el fiscal general Carlos Schaefer junto a las auxiliares fiscales Tamara Pourcel, de la Fiscalía General ante el TOF de Corrientes, y Victoria Sassola, de la Procuraduría de Trata y Explotación de Personas (Protex). La querella de las víctimas estuvo representada por Rosana Marini, de la Defensoría de Víctimas.

Las cinco personas -junto a otras ocho personas más que resultaron absueltas- llegaron a juicio acusados de integrar una organización que explotó sexualmente a 36 mujeres en situación de vulnerabilidad en tres prostíbulos ubicados en la ciudad correntina de Paso de los Libres bajo la “protección” y “blindaje judicial” del exfiscal de Paso de los Libres, Benito Antonio Pont, imputado en el caso y apartado del debate por razones de salud.

Las penas

Rosana Estela Rodríguez fue condenada a ocho años de prisión por ser considerada coautora del delito de trata. Por su parte, Ricardo Aguirre y Claudia María Do Santos recibieron las penas de seis y cuatro años de prisión respectivamente. Por último, a Juan Ramón Carpe y a Silvio Antonio Do Santos les fijaron una condena de cinco años y cuatro meses de prisión. Los últimos cuatro fueron señalados como partícipes necesarios del mismo delito.

De acuerdo con la acusación, los prostíbulos donde fueron explotadas las víctimas estaban comandados por distintos grupos criminales. Las personas que resultaron condenadas formaron parte del primer grupo, que explotaba sexualmente a víctimas en los prostíbulos denominados "Roxi" o "Puro Movimiento" y el Hotel "Momentos”. Los otros ocho imputados, acusados de conformar el segundo y tercer grupo, fueron absueltos.

Además de las condenas a prisión, el tribunal ordenó para todos ellos el pago de la reparación equivalente a la suma de 50 millones de pesos para cada víctima, que deberán pagar los condenados de forma solidaria. Finalmente, ordenó el decomiso de muebles e inmuebles que fueron utilizados para cometer este delito y del dinero secuestrado, tanto en moneda nacional y extranjera, a lo largo de toda la investigación.

El juicio había comenzado el 10 de mayo pasado con 16 personas imputadas, pero una de ellas falleció y otra -que estaba acusada como partícipe primario de trata de personas agravada y autor de amenazas- admitió su responsabilidad en un juicio abreviado, cuyo acuerdo la fiscalía pidió que se homologue.

El caso

La causa comenzó a raíz de una denuncia anónima recibida en la línea 145, en base a la cual la PROTEX inició una investigación preliminar. En ese marco, se encomendaron tareas de investigación a la Gendarmería Nacional y se realizaron otras medidas que permitieron corroborar la existencia y el funcionamiento de los locales “Roxi” o “Puro Movimiento”, “Balizas” y “Kilómetro de Oro”, como lugares donde se explotaba sexualmente a mujeres, por lo que se radicó la denuncia ante el Juzgado Federal de Paso de los Libres que ordenó, en línea con lo solicitado por el titular de la Fiscalía Federal de Paso de los Libres Aníbal Fabián Martínez y la procuraduría especializada, el allanamiento y clausura de los locales.

La fiscalía solicitó que se diera intervención a la Agencia de Administración de Bienes del Estado, para que tase y subaste los bienes y que el dinero producto de ello -y aquel que fuera incautado durante la investigación- sea transferido a las cuentas bancarias del Fondo Fiduciario creado por la ley 27.508.

Durante la pesquisa, la procuraduría advirtió que dos de los locales denunciados, el prostíbulo “Puro Movimiento” y el hotel "Momentos" habían sido decomisados en mayo de 2013 por orden del Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Corrientes en el marco de un juicio por lavado de activos de origen delictivo. En esa oportunidad, se había dictado una sentencia condenatoria contra siete imputados. Sin embargo, no se había efectivizado el decomiso de los locales y los lugares continuaban funcionando como prostíbulos.

A la investigación impulsada por la PROTEX se acumuló una de las causas en la que Pont intervino como único fiscal de la jurisdicción y cuya investigación se lo acusó de haber desviado, luego de haber recibido los informes conclusivos y contundentes que una fuerza de seguridad le elevó respecto de la actividad ilícita que allí se producía. En ese proceso el entonces fiscal federal solicitó la declaración de incompetencia y descartó la hipótesis criminal más gravosa como la trata de personas, aun teniendo evidencias claras de la comisión de ese delito en los locales denunciados.

Los hechos habrían ocurrido al menos desde el 17 de junio de 2010 hasta el 10 de enero del 2016 en el caso de “Roxi” y el “Hotel Momentos”. Respecto de este último, las acciones se habrían reiniciado luego del 10 de enero (fecha de la primera clausura) hasta el 27 de marzo de 2016 y, nuevamente, con posterioridad a esa intervención y hasta el 16 de mayo de 2016.

Según la fiscalía, los grupos actuaron de manera conjunta y coordinada en diferentes locales ubicados en el kilómetro 8.5 y 7.5 de la Ruta 117, respectivamente, de la localidad correntina de Paso de los Libres. La acusación indicó que los líderes de cada uno pusieron y mantuvieron en funcionamiento -sin complicaciones judiciales ni interrupción de esa actividad ilegal- la whiskería “Roxy” o “Puro Movimiento”, en la que se ofrecían y realizaban “pases” de las víctimas. Además, estableció que en el hotel “Momentos” se alojaba a las mujeres, que eran previamente captadas y trasladadas desde otras regiones del país para su posterior explotación, y que allí también se concretaban los “pases”, que eran previamente concertados en el prostíbulo. De acuerdo a los fiscales, esto conformó un “único y compacto sistema prostibulario”.