30 de abril de 2024
30 de abril de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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Comunicado de la Fiscalía Federal de Instrucción N°2 de esa provincia
Aclaraciones sobre la causa en la que se investiga un caso de trata de personas en Mendoza
El fiscal federal Fernando Alcaraz explica que la víctima había sido ubicada en mayo del año pasado y ya brindó su testimonio, y que su madre y progenitor afín están imputados por el hecho ocurrido allí, pero que no hay elementos que indiquen que la hayan entregado a una red. Además, solicitó al Juzgado Federal interviniente el resguardo de los datos personales e imagen de la joven para evitar su revictimización y el entorpecimiento de la investigación.

El fiscal federal interinamente a cargo de la Fiscalía Federal Nº 2 de Mendoza, Fernando Alcaraz, pone en conocimiento que la información que ha circulado el pasado fin de semana en diversos medios de comunicación acerca de un expediente en el que se investiga un caso de trata de personas en perjuicio de una menor de edad oriunda de esa provincia carece de veracidad en algunos extremos.

Dado que la investigación se encuentra en etapa de instrucción, el representante del Ministerio Público Fiscal considera necesario aclarar algunas cuestiones, en la medida que no perjudiquen el trámite de la causa.

En ese sentido, se informa que la víctima no fue trasladada desde Mendoza hacia la Ciudad Autónoma de Buenos Aires con el objeto de ser explotada en aquella ciudad. El viaje fue producto de la situación de explotación que la víctima sufría en la ciudad de La Paz, provincia de Mendoza. El objeto del viaje fue terminar con el sufrimiento y la degradación personal.

Resguardo de la identidad de la víctima

Por otra parte, y conforme dispone la normativa nacional -el artículo 6, inciso L, de la ley 26.364, conforme al texto de la ley 26.842 de prevención y sanción de la trata de personas y asistencia a sus víctimas; el artículo 5, inciso c de ley 27.372 de derechos y garantías de las personas víctimas de delitos; el artículo 79, inciso c del Código Procesal Penal Federal (CPPF) y del Código Procesal Penal de la Nación (CPPN)- e internacional sobre el asunto -artículo 6 inciso 1 y 5 del Protocolo para prevenir, reprimir y sancionar la trata de personas, especialmente mujeres y niños, que complementa la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional, aprobado por ley 25.632; artículo 39 de la Convención sobre los Derechos del Niño; artículo 4, inciso B, C y E de la Convención interamericana para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer ("Convención de Belem do para")- se solicitó al Juzgado Federal interviniente el resguardo de la identidad de la víctima (datos personales y fotografía) en aras de evitar el entorpecimiento de la investigación y la revictimización o victimización secundaria de la joven, entendida por Naciones Unidas como la victimización que ocurre no como consecuencia directa del acto delictivo, sino a través de la las respuestas de personas e instituciones que son insensibles a las necesidades y la situación de vulnerabilidad de la víctima.

Además, la fiscalía recordó que la Red PAR (Periodistas de Argentina en Red Por una Comunicación No sexista) en 2012 elaboró un Decálogo para el tratamiento periodístico de la trata y la explotación sexual, en el que instó a sus integrantes a respetar los derechos de la persona víctima y se comprometieron a no dar sus nombres reales, ni a difundir imágenes o datos que puedan facilitar su identificación o ubicación (punto 7).

El caso

Para fecha 8 de julio de 2011, con 14 años de edad y tras años de haber sido victimizada por trata de personas con fines de explotación sexual, la víctima, huyendo del domicilio donde era ultrajada, viajó a la provincia de San Luis y luego se dirigió a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

A lo largo de la investigación federal se realizaron distintas medidas de prueba tendientes a determinar si la adolescente había sido víctima de este delito, a saber: diligencias investigativas tecnológicas, de análisis de información documental, de constatación en las provincias de Mendoza y San Luis, se recibieron varios testimonios de su círculo cercano y se insertó en los distintos sistemas de búsqueda nacionales tendientes a la localización de la joven. Ello, a la par de la averiguación de paradero en la justicia local, con la finalidad de ubicar a la joven y corroborar que no había sido víctima de ningún ilícito penal.

Para el mes de mayo de 2020, la víctima se contactó con el Ministerio de Desarrollo Social de la Nación para solicitar el reconocimiento de los derechos de sus hijos, producto de su relación de pareja. Es a partir de esta comunicación que se activaron los sistemas de búsqueda. Allí fue clave la noticia cursada a la Fiscalía Federal desde el Sistema Federal de Búsqueda de Personas Desaparecidas y Extraviadas bajo la coordinación de Leticia Risco, gestionado por la Subsecretaría de Investigación Criminal y Cooperación Judicial del Ministerio de Seguridad. Inmediatamente se dio intervención a la Dirección General de Acompañamiento, Orientación y Protección a las Víctimas (DOVIC) del Ministerio Público Fiscal de la Nación, bajo la dirección de Malena Derdoy, que a través de su equipo de profesionales se puso en contacto con la víctima y comenzó el proceso de acompañamiento, reconocimiento y restitución de derechos desde un enfoque multidisciplinario. De esta forma,  previo abordaje del Programa Nacional de Rescate y Acompañamiento a personas víctimas por el delito de trata del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, se recibió por videoconferencia el testimonio de la víctima, donde además participó, la Procuraduría de Trata y Explotación de Personas (PROTEX) del MPF.

Conforme con lo peticionado por la fiscalía a cargo de Alcaraz, se imputó y ordenó la detención de tres personas por la presunta infracción al delito de trata de personas agravado por los hechos delictivos que acontecieron en la provincia de Mendoza. Entre ellas se encuentran la madre y el progenitor afín de la víctima.

En virtud de ello, se aclara que no se imputó a los “padres” de la víctima por haberla “entregado” a una “red de trata en Buenos Aires” -hecho que no existió- y que haya sido “rescatada” la pasada semana, información reproducida en distintos periódicos y medios audiovisuales locales y nacionales y redes sociales. También se informa que los familiares no intermediaron con terceros en la radicación con fines delictivos de la joven en provincia de Buenos Aires.