Después de una exposición de siete horas, el fiscal federal Gabriel González Da Silva concluyó hoy su alegato ante el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Bahía Blanca con el pedido de penas que van desde los cinco hasta los quince años de prisión para siete personas acusadas de integrar una organización narcocriminal transnacional, en la causa conocida como “Bobinas Blancas”, en la que se juzgan los delitos de tráfico de drogas y lavado de dinero.
Durante la sexta y última jornada de su exposición, realizada a través de la plataforma Zoom, el fiscal exhibió las pruebas que restaban en torno a los siete juzgados y enumeró las distintas responsabilidades que le atribuyó a cada uno de ellos. Con respecto a los tres ciudadanos mexicanos, solicitó las penas de 15 años de prisión para Max Rodríguez Córdova y de 14 años para Gilberto Acevedo Villanueva y Jesús Madrigal Vargas, por considerarlos como coautores penalmente responsables del delito de tráfico de estupefacientes, agravado por la intervención de tres o más personas organizadas para cometerlo.
En cuanto a los argentinos, González Da Silva pidió la pena de seis años de prisión para Marcelo Rafael Cuello y Amílcar Darío Martino y de cinco años para Darío Maximiliano Cuello, por considerarlos como participes secundarios en el tráfico de droga. Mientras que, en relación al imputado restante, Emmanuel García, requirió una pena de ocho años por el delito de lavado de activos de origen ilegal reiterado en cinco oportunidades, y una multa de hasta ocho veces el valor del producto que obtuvo del negocio ilegal. Con respecto a este último acusado, el fiscal destacó que se trata de un leading case para demostrar que “no sólo se persigue a los vulgarmente llamados 'ladrones de gallinas'” y que también es una advertencia al mercado económico y financiero sobre cómo tienen que operar.
Estructura de la organización
A lo largo de su alegato, González Da Silva detalló la estructura de la organización y la forma en cómo, de acuerdo a las pruebas recabadas, ejecutaban las distintas maniobras para encubrir el tráfico internacional de estupefacientes y para inyectar en el mercado legal el dinero que provenía de tal ilícito. En ese sentido, explicó que eran los mexicanos quienes daban las órdenes hacia los hermanos Cuello y hacia Martino, mientras que García se comunicaba de manera directa con el máximo jefe de la organización, un ciudadano con el seudónimo “licenciado” que operaba desde el exterior.
Con respecto a los ciudadanos mexicanos Rodríguez Córdova, Acevedo Villanueva y Madrigal Vargas, el fiscal sostuvo que viajaron al país para cometer el hecho delictivo y que eran ellos quienes se encargaban de acondicionar los estupefacientes y de decidir cuándo y bajo qué forma la mercadería estaba en condiciones de ser exportada. Para ello recurrieron a mecanismos para eludir los controles, como el uso de nombres falsos.
El fiscal reiteró en sus distintas alocuciones la importancia del juicio por tratarse del primer antecedente jurisprudencial de lavado de dinero con criptomonedas.
En relación a los hermanos Cuello, que operaban en Mendoza, el fiscal describió que eran los encargados de administrar los galpones donde se guardaba la droga y de proveer el transporte y los traslados a los ciudadanos mexicanos. Al respecto, González Da Silva manifestó en la jornada de hoy que “estaban de manera permanente para cumplir con todos los pedidos, aunque sean extraños y justificados”, y recalcó que eran siempre controlados por los ciudadanos extranjeros.
Con respecto a Amílcar Darío Martino, involucrado en el trafico de drogas que operaba en la localidad de Quequén, el fiscal sostuvo que era el gerente general de la empresa “Can Trade Connections”, encargada en la importación de equipos y maquinas usada para acondicionar los estupefacientes. El fiscal añadió que el acusado se encargaba del traslado de la mercadería a Bahía Blanca y de realizar los trámites de exportación de las bobinas de acero, que actuaban como pantalla para el traslado de cocaína.
Leading Case
Además de ser el caso de mayor secuestro de estupefacientes en el país sobre una organización internacional dedicada al narcotráfico, el fiscal reiteró en sus distintas alocuciones la importancia del juicio por tratarse del primer antecedente jurisprudencial de lavado de dinero con criptomonedas.
De esta forma, ante el tribunal integrado por los jueces Pablo Candisano Mera, Pablo Larriera y Pablo Díaz Lacava, remarcó que el operador de bitcoins, acusado de lavado de dinero, no actuó de manera accesoria a la banda sino que puso a disposición sus conocimientos y recursos para transferir los bienes en dinero efectivo para dárselos a los ciudadanos mexicanos con el objetivo de financiar el armado criminal. En ese sentido destacó que “cada transacción se pensó, se pactó, se dio inicio y se concretó de manera independiente a cada una de ellas, para cambiar bitcoins y seguir financiando a la banda que operaba en la Argentina”.
“En las distintas operaciones, García recibió bitcoins, los transformó y los entregó en dólares estadounidenses en al menos cinco fechas diferentes, actuando en diversas ocasiones con diferentes sujetos, más allá de que todos integraban las misma banda criminal”, acusó González Da Silva. Y agregó que “cada una de estas operaciones conservaban su individualidad y ninguna de ellas estaba sujeta o condicionada a una operación anterior o posterior, mas allá que se observó una mecánica y modalidad común”.
“En las distintas operaciones, García recibió bitcoins, los transformó y los entregó en dólares estadounidenses en al menos cinco fechas diferentes, actuando en diversas ocasiones con diferentes sujetos, más allá de que todos integraban las misma banda criminal”
El mercado de criptomonedas
En la audiencia de ayer el fiscal se extendió sobre el accionar del imputado. En tal sentido, manifestó la dificultad en el seguimiento de los registros comerciales en el mercado de las criptomonedas y precisó que el imputado nunca colaboró ni aportó sus billeteras digitales para que se pudieran examinar las distintas transacciones ejecutadas. “La cadena de bloques es una suerte de matrix planetaria descentralizada, donde quedan registradas de manera inalterable todas las operaciones con bitcoins en forma pública, pero que no almacenan ni nombres, ni direcciones IP, ni documentos de identidad, ni números de teléfonos”, citó el fiscal al imputado y luego evaluó: “Por lo que es difícil llegar de otra forma a su conocimiento, ya que además hay sistemas para interferir y hacer desaparecer la trazabilidad de las operaciones”.
En cuanto a la actitud del acusado, expresó que a García “no le preocupaba que las operaciones en que intervenía esté vinculada con bienes ilícitos, o que estén manchados con sangre, solamente lo que le importaba era si le afectaba la wallet [monedero virtual] y que no lo estafaran a él”.
En ese sentido, el fiscal destacó frente al tribunal que "el juicio es una oportunidad única para demostrarle a la sociedad que no sólo se meten presos a los que vulgarmente llaman 'ladrones de gallinas' y que el imputado no se merece una pena en suspenso por ser un ciudadano parecido a nosotros o por tener un nivel de instrucción o ser de nuestra misma condición social".