El fiscal general subrogante de la Fiscalía General N°1 ante los Tribunales Orales Federales de La Plata, Hernán Schapiro, y la auxiliar fiscal Sara Cachione solicitaron la semana pasada la pena de 9 años de prisión para Myriam Reneé Chávez (madre de Marcelo Balcedo) y para Mauricio Yebra en el marco del juicio donde se los señaló como responsables de los delitos de asociación ilícita, lavado de activos y defraudación por administración fraudulenta en perjuicio del Sindicato de Obreros y Empleados de la Educación y Minoridad (SOEME).
Cabe resaltar que Marcelo Balcedo, extitular del SOEME, se encuentra cumpliendo una pena de prisión en Uruguay que culmina en octubre. Tanto para él como para su esposa Paola Fiege se requirió, en enero de 2018, su extradición desde ese país para que puedan ser investigados y juzgados en esta causa.
El alegato
La acusación que realizó la fiscalía en el debate se extendió -además de a Chávez y a Yebra- a otros siete acusados y a cuatro personas jurídicas -Edigráfica S.A., Wifialte-Com S.A., Mundo Total Comunicaciones S.R.L. y El Chaqueñito S.A.- por el desvío de más de 500 millones de pesos entre 2012 y 2018 y por maniobras de lavado de activos.
Con respecto a las personas jurídicas, el fiscal general Schapiro y la fiscal auxiliar Cachione solicitaron una multa de seis veces el valor de las operaciones y se requirió al tribunal que se evalúe la procedencia de la cancelación de su personería jurídica.
En su alegato, los representantes del Ministerio Público Fiscal consideraron como agravantes la naturaleza del hecho, la extensión del daño y los medios comisivos. Al respecto, sostuvieron que adquirió especial relevancia la cuantiosa afectación al patrimonio del SOEME y, en consecuencia, la afectación a los miles de afiliados que el sindicato agrupaba durante el período que incluye la acusación. En esa línea, destacaron en su petitorio que las maniobras abordadas a lo largo de su alegato dan cuenta de un alto grado de sofisticación, complejidad y diversificación de medios utilizados para concretar el plan criminal.
Además, el fiscal Schapiro precisó que, para la graduación de las penas, ponderó los seis años ininterrumpidos en los que se extendió la asociación ilícita y en los que se cometieron las conductas atribuidas en particular.
En tanto, en concepto de reparación, Schapiro y Cachione entendieron que se deberá distribuir en forma solidaria entre las/los imputadas/os responsables de la administración fraudulenta del SOEME la suma de 2.515.707.600 pesos -al 15 de mayo del 2024-. Este monto deberá actualizarse al momento del pago, conforme la tasa activa del Banco de la Nación Argentina.
Así, en línea con los artículos 23 y 29 del Código Penal, los representantes del MPF sostuvieron que este monto y el de los bienes a decomisar debe ser destinado -en forma prioritaria- a la restitución a los afiliados al SOEME, dado que, tal como indicaron, “se han visto perjudicados por los malos manejos de los fondos por parte de los imputados”.
El detalle de los pedidos de pena de la fiscalía:
Decomisos
En su alegato, la fiscalía solicitó el decomiso de diversos elementos por ser instrumento o producto de los delitos por los cuales se les pidió pena. Entre los bienes incautados en la causa se encuentran varios inmuebles, uno de ellos en la localidad de Cariló, provincia de Buenos Aires, otro en la ciudad de Bariloche, provincia de Río Negro, otro en la Ciudad de Buenos Aires y 20 lotes correspondientes a un emprendimiento en la Localidad de Salidillo, provincia de Buenos Aires, entre otros.
También se decomisaron cuatro embarcaciones y más de 45 automóviles y camionetas de alta gama entre los que se destacan marcas como Smart, Volkswagen, BMW, Mini Cooper, Chevrolet Camaro, Porsche, Citroen, Peugeot, Fiat, Land Rover, Porsche, Hummer, Mercedes Benz modelo Unimog, Toyota Hilux, Dodge Ram, Amarok, Nissan y Hyundai, entre otras.
Respecto a los bienes que no se encuentran actualmente a nombre de las personas imputadas, sino de terceros a quienes fueron vendidos, la fiscalía solicitó se forme un incidente por cada uno de ellos con el objeto de correr vista a sus actuales titulares registrales a fin de que se expidan.
En esa línea, el fiscal general aclaró que esta medida “de ningún modo implica a esta altura del proceso un juicio de responsabilidad penal sobre los terceros adquirentes, sino garantizar su derecho a ser oídos en el proceso en función del derecho de propiedad que actualmente detentan”.
Así, Schapiro explicó que el decomiso “cuando es aplicado sobre bienes que son el producto del delito no constituye una pena, sino una herramienta de derecho civil tendiente a evitar que el ilícito se convierta en un título válido de adquisición de bienes”.
Tanto en la investigación como en la etapa de juicio, la Procuraduría de Criminalidad Económica y Lavado de Activos (PROCELAC) y la Dirección General de Recuperación de Activos y Decomiso de Bienes (DGRADB) prestaron asistencia a la fiscalía.