De acuerdo con lo solicitado por la Fiscalía Federal N°1 de La Plata y la Procuraduría de Criminalidad Económica y Lavado de Activos (PROCELAC), el juez federal Ernesto Kreplak envió a juicio a parte de la cúpula del Sindicato de Obreros y Empleados de la Educación y Minoridad (SOEME). La resolución se produjo de manera parcial, ya que no incluye a su ex secretario general Marcelo Balcedo y su pareja Paola Fiege, respecto de quienes se requirió su extradición desde el Uruguay.
El fiscal federal Guillermo Ferrara y los cotitulares de la procuraduría especializada Mario Villar y Laura Roteta habían postulado esa decisión en septiembre de este año, al encontrar acreditada la existencia de una asociación ilícita en el seno del SOEME, la administración fraudulenta (desvío) de más de 500 millones de pesos entre 2012 y 2018 y maniobras de lavado de activos. En el requerimiento de elevación a juicio advirtieron que “el sindicato fue manejado entre familiares y amigos que se enriquecieron personalmente a costa de dichas irregularidades y desvíos que, por supuesto, perjudicaron al sindicato como institución”. Durante el transcurso de la etapa de instrucción brindaron colaboración la Dirección General de Recuperación de Activos y Decomiso de Bienes, a cargo de Carmen Chena, y la Dirección General de Cooperación Regional e Internacional, a cargo de Diego Solernó, que integran la estructura de la Procuración General de la Nación.
Las maniobras investigadas en el marco de esta causa habrían ocurrido en el ámbito y con el abuso de la estructura del SOEME, durante el período comprendido entre el 1 de enero de 2012 y el 4 de enero de 2018. No obstante, el requerimiento del MPF resaltaba que para comprender los hechos “es clave tener presente” que previo a ocupar Marcelo Balcedo el cargo de secretario general lo hizo, hasta su fallecimiento, su padre Antonio.
Por pedido del Ministerio Público Fiscal se requirió a la República Oriental del Uruguay la extradición de Balcedo y Fiege para que se les reciba declaración indagatoria. La petición fue concedida por el Juzgado Letrado de Primera Instancia en lo Penal Especializado en Crimen Organizado de 4° Turno de la Ciudad de Montevideo. Sin embargo, la medida se suspendió hasta que concluya la causa que se les sigue en el vecino país -donde están detenidos desde enero de 2018- y se encuentra pendiente de cumplimiento.
Los delitos atribuidos
El escrito dirigido a Kreplak en septiembre encontró a Mauricio Elías Yebra, Silvia Hebe Canal, Myriam Reneé Chávez -madre de Balcedo-, Guillermo Daniel Chaves -primo-, Pablo Andrés Landini, Hebert Raúl Da Cunha, Francisco Alberto De Marco y Julio César Pecollo como integrantes de “una estructura organizada, integrada por diversas personas, con diferenciación de roles, destinada a cometer delitos indeterminados, principalmente de contenido patrimonial”; es decir, una asociación ilícita de la que Balcedo “fue su jefe y como tal estuvo a cargo de dirigir el funcionamiento”: se habría ocupado “de controlar la logística de las operaciones atribuyendo roles, distribuyendo las tareas (administración de los medios humanos y materiales) y disponiendo condiciones que permitieron el desarrollo de los hechos”. A Pecollo se lo encontró como organizador y a las demás personas, como miembros.
“La asociación, además, alcanzó trascendencia internacional como consecuencia de los recursos económicos obtenidos a partir de los ilícitos llevados a cabo, lo que se vio reflejado, entre otras cosas, en la posibilidad real de costear aeronaves particulares y/o de utilizar teléfonos satelitales para conectarse más eficazmente. Estos ejemplos demuestran el alto nivel de sofisticación y de organización que revela la asociación, lo cual permitió la consumación -con éxito- de, al menos, los hechos investigados en el marco de esta causa”, graficó el MPF.
A las mismas personas se les atribuye el delito de lavado de activos, cuyo delito precedente sería el de administración fraudulenta en perjuicio del sindicato. Para ello se tuvo en cuenta la creación de numerosas personas jurídicas y/o utilización de intermediarios; el manejo inusual de efectivo -en el caso, las personas investigadas autorizaron pagos indebidos mediante cheques que eran cobrados en efectivo-; inconsistencias patrimoniales -principalmente operaciones de adquisición y administración de bienes muebles e inmuebles que no se condicen con el perfil patrimonial de los investigados y sus ingresos lícitos detectados-; y la vinculación con juegos de azar/casinos, entre otros aspectos tenidos en cuenta por los estándares internacionales en la materia, doctrina y jurisprudencia.
En cuanto al delito de administración infiel -precedente al del lavado, entre otros-, los representantes del MPF consideraron que “las personas imputadas utilizaron distintas modalidades para desviar los fondos del sindicato. Entre otras, fueron señaladas como dos de las principales el cobro por ventanilla de cheques emitidos bajo las leyendas ‘SOEME’, ‘SOEME – NO A LA ORDEN’ y las transferencias desde cuentas del sindicato a otras cuentas de diversas personas físicas y jurídicas”. “El desvío de $510.000.000 de la cuenta bancaria del SOEME habría sido perpetrado mediante actos de defraudación por abuso, por cuanto las personas imputadas, en virtud de las facultades de actuar en representación del patrimonio ajeno, mediante distintos actos jurídicos -cheques, transferencias, contratos de distintos tipos, pagos de distintos rubros, alquileres, etc.-, obligaron patrimonialmente de manera abusiva al sindicato”, indicaron Ferrara, Villar y Roteta.
En tal sentido le atribuyeron la autoría, además de a Balcedo, al apoderado Yebra -calificado como su “mano derecha”, ya que también se desempeñó como secretario privado-; a Landini -empleado del sindicato, chofer y apoderado desde 2015-; Pecollo -contador y jefe de Tesorería del SOEME, apoderado y según la acusación, encargado “de confeccionar los cheques que permitieron la extracción de los fondos en cuestión como así también intentar justificar su destino”; Chaves -abogado, gerente del cuerpo de asesores jurídicos, representante legal y apoderado del SOEME, quien “cumplía un rol esencial dentro de la asociación gremial al impartir órdenes y directivas, principalmente atinentes a la utilización del patrimonio”; y De Marco, empleado en Tesorería y desde abril de 2015 miembro de la Comisión Directiva en carácter de Secretario de Hacienda y Finanzas, “cargo en virtud del cual firmó -junto con BALCEDO- parte de los cheques utilizados” por los apoderados. A su vez, se consideró partícipes a Da Cunha, Canal -ex cónyuge de Yebra- y Chávez, la madre de Marcelo Balcedo.
Para la fiscalía, "el sindicato fue manejado entre familiares y amigos que se enriquecieron personalmente a costa de irregularidades y desvíos que, por supuesto, perjudicaron al sindicato como institución”.
Por otra parte, del resultado de la pesquisa surge que se habría ocultado o hecho desaparecer, durante los últimos días de diciembre de 2017 y los primeros días de enero de 2018, documentación propia de la administración del sindicato “que podría resultar de relevancia probatoria para la investigación de las irregularidades en la conducción”. El MPF le endilgó esa conducta -receptada penalmente como encubrimiento- a Andrea Verónica Carabajal y Vanina Bettiana Del Giudice, en tanto la primera “habría eliminado y retirado constancias documentales relativas a la administración del SOEME, en conocimiento de la existencia de una investigación penal y que se podrían producir allanamientos en las sedes de ese sindicato”. A su vez Del Giudice, a pedido de Carabajal, habría guardado chequeras en un sobre para entregárselas. Al resolver, el magistrado declaró extinta la acción penal por prescripción y, en consecuencia, dispuso el sobreseimiento de esa imputada.
Otras de las conductas criminales identificadas por el MPF fueron las de usura, mediante la presunta implementación de un sistema de “descuentos automáticos y directos” sobre los recibos de sueldos a tasas del 78%. No obstante, sobre ese tramo de la causa quedó trabado un conflicto negativo de competencia entre la justicia federal platense y el fuero nacional porteño, por el que debe pronunciarse aún la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN).
También se dio cuenta, a partir de presentaciones en la justicia provincial y federal, de afiliaciones compulsivas mediante la utilización de documentación apócrifa. Al respecto, el MPF postuló que siga interviniendo la justicia local, dado que allí tramita una investigación más avanzada y con mayor caudal probatorio.
La acusación incluye delitos como asociación ilícita, defraudación y lavado de activos, entre otros. Balcedo, por quien se aguarda su extradición desde Uruguay, fue identificado como el jefe.
Inmuebles, vehículos y entramados societarios
Al momento de formular el requerimiento de elevación a juicio, los fiscales identificaron bienes muebles e inmuebles en el país y en el extranjero “que fueron inscriptos en los registros correspondientes a nombre de las propias personas investigadas, de terceras personas, o de diversas sociedades comerciales empleadas para la canalización de sumas de dinero de origen ilegal”, al igual que su administración. La nómina está compuesta por casi un centenar de bienes e incluye automotores, junto con sus trailers; cuatriciclos; motocicletas; embarcaciones e inmuebles. Priman los de tope de gama: sólo a modo de ejemplo, se cuentan siete Audi, seis Land Rover, cinco Mercedes Benz, tres Porsche y hasta un Hammer H2. También hay parcelas, lotes e inmuebles en Bariloche, Adrogué, Saladillo, Tigre, Mar del Plata, Cariló y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Por último, el Ministerio Público Fiscal se encuentra a la espera de que Uruguay realice las medidas solicitadas para completar la materialización del decomiso de los bienes.