La Cámara Federal de Bahía Blanca hizo lugar esta tarde al recurso del Ministerio Público Fiscal y revocó la autorización que había dictado el Juzgado Federal N°1 de esa ciudad para que el empresario Juan Suris –imputado en esa instancia por lavado de activos doblemente agravado- realice un viaje a los Emiratos Árabes, Egipto y México durante un mes, previo pago de una fianza de 150 mil pesos.
La decisión se dio en el sentido requerido por el fiscal general subrogante Horacio Azzolin, quien mantuvo ante el tribunal revisor el recurso interpuesto por el fiscal federal Santiago Ulpiano Martínez.
En línea con los argumentos esgrimidos por la fiscalía, los camaristas Pablo Larriera, Roberto Amabile y Leandro Picado sostuvieron que “no solo cabe considerar las características del hecho y la gravedad del delito atribuido, sino que también abona a la postura que se viene sosteniendo, el hecho de que en el sumario principal aún no se ha resuelto la situación procesal de Juan Ignacio Suris, ni de sus consortes de causa, lo que determina la necesidad de extremar los recaudos para neutralizar los riesgos procesales que de por sí conlleva cada viaje al exterior”.
Recordaron además que en la causa que tiene Suris acusado por comercialización de estupefacientes en instancia de juicio oral ante el Tribunal Oral Federal “permaneció prófugo previo a su detención y además proporcionó información falsa sobre su identidad, elementos que resultan indicadores de un posible peligro de fuga, riesgo procesal que desaconseja el otorgamiento de la autorización que se peticiona”. En esa línea, los magistrados remarcaron –tal como lo hizo notar la fiscalía- que los Emiratos Árabes y Egipto no tienen tratados de extradición con la Argentina.
La autorización dictada por el Juzgado Federal N°1, que ahora quedó sin efecto, no es la única que obtuvo Suris. El Tribunal Oral Federal de Bahía Blanca había autorizado al empresario a viajar al exterior bajo una fianza de 2,4 millones de pesos. Allí tramitan -a la espera de juicio oral- las causas por comercialización de estupefacientes y por integrar una asociación ilícita fiscal.
En esas causas, el fiscal general subrogante ante el TOF, Gabriel González Da Silva, se opuso a la autorización y -tras el rechazo de su recurso por parte del tribunal- recurrió la decisión en queja ante la Cámara Federal de Casación Penal. La Sala III y la Sala I de este cuerpo declararon procedentes los recursos con efecto suspensivo -lo cual significa que el permiso no puede ejecutarse hasta que dicte una resolución- y se abocarán a su tratamiento.
Las resoluciones dictadas tanto por el Juzgado Federal N°1 como por el TOF autorizaron a Suris a abandonar el país entre el 20 de agosto y el 19 de septiembre. En su pedido, el imputado había declarado que viajaría a los Emiratos Árabes (con escala previa en San Pablo) y luego a Egipto y México.
En sus intervenciones, los fiscales basaron su oposición en la existencia de un pedido expreso de detención en la causa que tramita en primera instancia y en la expectativa de condena en ambos casos, y tuvieron en cuenta además los recursos económicos del imputado. Recordaron la calidad de prófugo que ostentó en la causa que hoy está elevada a juicio y que Argentina no tiene convenio de extradición con los Emiratos Árabes y con Egipto.