19 de abril de 2024
19 de abril de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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Interviene el fiscal General Alberto Lozada
Río Tercero: comenzó el juicio oral por la voladura de la fábrica militar
Se tratará de resolver las responsabilidades de los seis imputados. La explosión, que habría sido intencional, ocurrió el 3 de noviembre de 1995 y causó la muerte de siete personas, heridas a decenas e importantes daños materiales en la ciudad.

Esta mañana, comenzó en la ciudad de Córdoba el juicio por la voladura de la Fábrica Militar de Río Tercero (FMRT), ocurrida el 3 de noviembre de 1995. Las audiencias se realizarán ante el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Córdoba N°2, compuesto por los jueces José María Pérez Villalobo, José Fabián Asís y Carlos Julio Lascano. Por lo pronto, debido a la complejidad del caso, la cantidad de testigos y pruebas a incorporar las audiencias están previstas que se celebren durante los próximos meses los martes, miércoles y jueves. En representación del Ministerio Público, actuará el fiscal General ante la Cámara Federal de Apelaciones de la jurisdicción Alberto Lozada.

Los imputados que llegan a esta instancia del proceso son los ex miembros del ejército argentino el ex director de Producción de la Dirección General de Fabricaciones Militares (DGFM), Carlos Jorge Franke;  el ex director de Coordinación de la DGFM, Edberto González de la Vega (debía estar al tanto de la situación interna de cada fábrica); el ex director de la Fábrica Jorge Antonio Cornejo Torino); el ex subdirector de la Fábrica Oscar Nicolás Quiroga, y el ex jefe de la División Producción Mecánica de la Fábrica Marcelo Diego Gatto, junto a Norberto Osvaldo Emanuel, quien en ese entonces se desempeñaba como subinterventor de la DGFM.

Todos están imputados por estrago doloso agravado por muerte (artículo 186, inciso 5° del Código Penal), por lo que enfrentarán posibles penas que van de ocho a veinte años de prisión.

Los hechos

En el requerimiento de elevación a juicio, que fue firmado por los fiscales Carlos Gonella y Guillermo Lega, se había señalado que “la explosión de la FMRT se urdió para ocultar el faltante de armas ilegalmente exportado a Ecuador y Croacia, en circunstancias en que Argentina se había comprometido internacionalmente a asumir una actitud imparcial”.

En este sentido, los representantes del MPF destacaron que ya en la causa “Armas”, mediante la que se condenó a los responsables del tráfico ilegal a Croacia y Ecuador, el Tribunal Oral en lo Penal Económico N°3 de Ciudad Autónoma de Buenos Aires estableció que las armas habían llegado a Croacia y que habían existido “retribuciones al aporte de conductas ilícitas, habiéndose suficientemente comprobado durante la instrucción y también el debate, la comisión de malversación y cohecho (tanto pasivo como activo), falsedad ideológica y actos hostiles. Vale decir, ilícitos propios que integran la fenomenología criminal de corrupción pública”.

En esa misma causa, tres de los imputados que desde mañana serán sometidos a juicio por la voladura de la fábrica fueron encontrados culpables. Se trata de González de la Vega, Franke y Cornejo Torino. Junto al resto de los acusados (Quiroga, Gatto y Emanuel), ahora deberán dar cuenta de lo sucedido aquel 3 de noviembre, cuando a las 8:55, “por intermedio de persona o personas cuya identidad a la fecha aún se desconoce, de manera intencional, programada y organizada”, se provocó “el incendio de un tambor que contenía en su interior mazarota de trotyl o trotyl de descarga, ubicado en un tinglado existente en la Planta de Carga de la FMRT (cercano al edificio 1-2)”.

Ese incendio, indicaron Gonella y Lega, “luego de haberse extendido repentinamente al resto de los tambores estibados en el lugar y con gran desarrollo de sus llamas, fue seguido a pocos minutos de dos explosiones simultáneas ocurridas en el mismo tinglado, obteniendo como resultado de dicho accionar el direccionamiento de la onda expansiva”.

Los representantes del MPF también remarcaron que había sido intencional, programada y organizada una explosión posterior, de mayor magnitud que las anteriores, que ocurrió en los depósitos de Expedición y Suministro situados hacia el sector sur de la Planta de Carga. Allí, había una gran cantidad de explosivos, municiones y proyectiles.

Esta última detonación fue la que generó una gran onda expansiva que dispersó de manera violenta esos proyectiles y esquirlas sobre la población de Río Tercero. El barrio más afectado fue Las Violetas, que sufrió una gran cantidad de heridos y daños en las propiedades.

Pruebas técnicas

De acuerdo a los peritajes contables que se realizaron en el marco de la causa, la explosión se habría concretado “con el objeto de ocultar un faltante de proyectiles, municiones y/o explosivos, cuya existencia [al] día 31-10-95, ascendía a las 72.405 piezas de artillería (proyectiles, y/o cartuchos y/o tiros completos) en tanto que de acuerdo a la documentación aportada por las autoridades de la fábrica, era de 58.422 unidades (49.948 proyectiles y 8.474 cartuchos)”.

Los fiscales destacaron que esos datos evidenciaron “una grave irregularidad y/o imprecisión contable adrede dentro de la FMRT/DGFM al surgir una diferencia aproximada a las 35.576 unidades entre el monto total peritado y lo recuperado por el personal de seguridad actuante, así como de piezas de artillería en un número no determinado aún, circunstancia que se encuentra vinculada con el tráfico de armas y proyectiles investigado en el marco de la causa “SARLENGA” nº 8.830/95 en la Capital Federal”, más conocida como la causa “Armas”.

Víctimas fatales

Como consecuencias de los hechos, perdieron la vida Aldo Vicente Aguirre, Leonardo Mario Solleveld, Romina Marcela Susana Torres, Laura Andrea Muñoz y Hoder Francisco Dalmasso, el mismo 3 de noviembre, mientras que José Andrés Várela y Elena Sofía Ribas de Quiroga, los días 4 y 7 del mismo mes, respectivamente.

El procesamiento de Menem

En febrero de este año, la Sala A de la Cámara Federal de Córdoba, en un fallo dividido, decidió sobreseer al ex presidente Carlos Menem y al ex jefe del Ejército, Martín Balza. Los magistrados de la Sala A criticaron el fallo del juez Federal de Río Cuarto, Carlos Ochoa, mediante el que se había procesado a ambos acusados. Para esto, indicaron que, en el caso de Menem, "no se ha aportado prueba alguna que permita vincularlo a la explosión de la Fábrica Militar de la Río Tercero, circunscribiéndose la prueba de cargo a las declaraciones efectuadas en su condición de Presidente de la Nación el día del suceso, su rol funcional en tal condición, y por estos días su condena por el contrabando de armas a Croacia y Ecuador".

"No obran otras pruebas directas o indirectas que converjan en el mismo sentido de la inferencia propuesta en el auto de procesamiento recurrido", agregaron los jueces en el voto mayoritario. En cuanto al ex jefe del Ejército, afirmaron que "no ha resultado factible a la instrucción obtener otras constancias relativas a la participación de Martín Antonio Balza en el hecho, siendo que la prueba colectada no ofrece ningún dato relevante en torno a su responsabilidad para inculparlo".

Sin embargo, en el mes de abril pasado, la misma Sala de la Cámara Federal de Córdoba, resolvió por unanimidad conceder el recurso de Casación interpuesto por el fiscal Alberto Lozada, respecto del sobreseimiento del ex presidente de la Nación.

Asimismo, los jueces también concedieron los recursos de Casación presentados por los representantes de la parte querellante particular en contra del sobreseimiento de Menem y del ex jefe del Ejército.

De esta manera, aún se está a la espera de que la Cámara Federal de Casación Penal defina la situación procesal de ambos.