La unificación en 25 años de prisión de las tres y dos penas respectivamente impuestas al ex prefecto Juan Antonio Azic y al ex médico de la Armada Carlos Octavio Capdevila quedó firme, luego de que el cómputo realizado por el Tribunal Oral Federal Nº5 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires no fuera observado por las partes. La decisión había sido promovida por la Unidad Fiscal que interviene en los crímenes de lesa humanidad en la Escuela de Mecánica de la Armada (UFI ESMA), a cargo del fiscal federal Leonardo Filippini.
Azic y Capdevila fueron condenados en tres y dos juicios, respectivamente. Los dos, en el denominado proceso "ESMA II" (2011), recibieron 18 y 20 años de prisión. Ambos también recibieron penas de 10 años prisión en la denominada causa "Lanzón", cuya sentencia adquirió firmeza por un pronunciamiento de la Corte Suprema en agosto pasado. Azic, por su parte, recibió 14 años de prisión en la denominada causa "Plan Sistemático" (2012), que abordó integralmente el plan criminal dirigido a la sustracción de niños y niñas, hijos e hijas de víctimas del terrorismo de Estado.
El TOCF N°5 fue el encargado de unificar las penas de ambos porque les dictó las penas más altas, de acuerdo con los prescripto en el artículo 58 del Código Penal, el cual señala que "corresponderá al juez que haya aplicado la pena mayor dictar, a pedido de parte, su única sentencia, sin alterar las declaraciones de hechos contenidas en las otras”.
Luego de establecer la pena unificada, el TOF señaló que en ambos casos vencerá el 7 de abril de 2028.
“Habremos de tener en cuenta la naturaleza de los hechos juzgados, y las demás circunstancias oportunamente ponderadas en ocasión de mensurar las penas impuestas, lo que nos lleva a considerar conveniente la aplicación del sistema composicional a la hora de unificar los fallos en cuestión”, habían indicado al respecto la jueza Adriana Palliotti y los jueces Daniel Obligado y Adrián Grünberg.