29 de marzo de 2024
29 de marzo de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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Causa Arsenales II - Jefatura II
En Tucumán también ratificaron la actuación de los fiscales ad hoc en un juicio oral
La defensa pública había pedido la nulidad de lo actuado por los fiscales, basada en el fallo de la Corte que invalidó la designación de una procuradora fiscal subrogante. El tribunal rechazó el planteo y valoró la figura de los ad hoc como parte de la política criminal.

El Tribunal Oral el Criminal Federal de Tucumán ratificó el jueves pasado la intervención de los fiscales ad hoc Pablo Camuña y Patricio Rovira en el juicio por los crímenes de lesa humanidad que se investigan en la denominada causa Arsenales II - Jefatura II, luego de un pedido de nulidad de la actuación de los representantes del Ministerio Público Fiscal interpuesto por el defensor público ante ese tribunal, Ciro Lo Pinto, basado en el reciente fallo de la Corte Suprema que invalidó la designación de una procuradora fiscal subrogante.

La resolución del tribunal tucumano se suma a la del miércoles pasado de su par de Bahía Blanca en otro proceso por crímenes de lesa humanidad donde la defensa también se basó en el fallo del máximo tribunal en el caso "De Martino" para cuestionar la actuación de un fiscal ad hoc.

Los jueces Gabriel Casas, Carlos Jiménez Montilla y Juan Carlos Reynaga sostuvieron que el fallo de la Corte invocado por el defensor "refiere a una situación diferente a la que se suscita en el presente caso" porque "lo que está en discusión en la resolución del Alto Tribunal es el nombramiento de funcionarios del Ministerio Público ante la Corte".

Asimismo, recordaron que el máximo tribunal declaró la validez de los actos previos de la funcionaria cuestionada -es decir,que no los anuló- y, en esa línea, citaron los precedentes en los casos "Barry", "Itzcovich" y "Rosza" en los que  "se pone énfasis en la seguridad jurídica en el sentido de evitar la prolongación indefinida de los procesos en desmedro de todas las partes". Los jueces señalaron que "una interpretación integradora" de esos fallos "conduce indefectiblemente a que los fiscales aquí intervinientes deben llegar hasta la conclusión del juicio".

El TOCF de Tucumán también analizó las situaciones que conllevaron a la designación de fiscales ad hoc para impulsar los juicios por crímenes de lesa humanidad. Así, sostuvieron que "debe recordarse que es obligación del Estado argentino prevenir, investigar y juzgar graves violaciones a los derechos humanos" y que "en esta labor necesariamente existieron situaciones no previstas, que debieron ser atendidas a los fines de garantizar el acceso a la justicia".

Añadieron los jueces que, en este contexto, "para garantizar, como en el caso, que se lleven a cabo procesos complejos con multiplicidad de hechos y de partes, se requiere un esfuerzo adicional por parte del Estado, a los fines de garantizar que el Ministerio Público -fiscalía y defensa- cuenten con el personal necesario para llevarlos adelante".

El tribunal también remarcó la "excepcionalidad de la situación", dado que "los fiscales que cumplen con los requisitos para las designaciones definitivas", Antonio Gómez y Carlos Brito, "se habían excusado de intervenir en la causa Arsenales".

En su planteo, el defensor Lo Pinto contó con la adhesión de los abogados particulares Tomas Robert y Luis Benedicto, mientras que no emitieron opinión los defensores públicos ad hoc Adolfo Edgardo Bertini, Mariano Galleta, Manuel Bonnin, Vanesa Lucero y Martín Galliano.

Por su parte, los fiscales Camuña y Rovira, que pidieron el rechazo de la nulidad interpuesta por los defensores, contaron con el respaldo de los abogados y abogadas que representan a las querellas Laura Figueroa, Daniel Weisemberg, Inés Lugones, Pablo Gargiulo y Bernardo Lobo Bugeau.

Un antecedente en el mismo juicio

El juicio en la causa "Arsenales II - Jefatura II" comenzó el 12 de noviembre de 2012; tiene a 41 acusados y es el segundo en dimensiones en todo el país, detrás del que juzga los crímenes en la Escuela de Mecánica de la Armada.

El 3 de mayo pasado -cuando la Corte no se había pronunciado en el caso "De Martino"- los jueces del TOCF de Tucumán también habían rechazado una pretensión similar de la defensa pública a cargo de Lo Pinto, que cuestionó a los fiscales ad hoc. En la resolución del último jueves los magistrados citaron ese precedente propio.

En aquella oportunidad, los jueces señalaron que no estaba al alcance del tribunal analizar las normas que regulan el sistema de designación de los integrantes del Ministerio Público Fiscal y consideraron "razonable que tal institución haya acudido a fiscales ad hoc para la sustanciación" de estos juicios, en función del volumen que han adquirido los procesos. Así, expresaron que de no haber adoptado esta política, el Ministerio Público Fiscal podría haber incurrido en denegación de justicia.

"La eventual regularización de los fiscales ad hoc cuestionados, si es que correspondiera, tendría que ser programada para adelante y para otros procesos", sostuvo el TOCF de Tucumán, y no obstante aclaró que "la defensa no ha impugnado en tiempo oportuno el nombramiento de los acusadores ad hoc y, además, se vale de defensores ad hoc en la contracara del Ministerio Fiscal, que es el Ministerio Público de la Defensa".