24 de abril de 2024
24 de abril de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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Interviene la Fiscalía Federal N°2 de Salta y la PROCUNAR
Confirman el procesamiento del ex juez Raúl Reynoso por cohecho, prevaricato y falsificación de documento público
Así lo resolvió la Sala I de la Cámara Federal de Apelaciones de Salta, en el marco de una investigación que se le sigue por recibir dádivas para dictar la falta de mérito en favor de un imputado por narcotráfico y lavado de activos; además de exigir dinero para la fundación que dirigía su cuñado al tiempo que dispuso la devolución de dinero incautado en diversa causa de contrabando de divisas.

La Sala I de la Cámara Federal de Apelaciones de dicha confirmó el procesamiento del ex juez Raúl Reynoso, en orden a los delitos de cohecho, prevaricato y falsificación de documento público, en el marco de la investigación desarrollada por la Fiscalía Federal N°2 de Salta y la Procuraduría de Narcocriminalidad (PROCUNAR) por nuevos hechos cometidos por la organización ilícita que lideraba el ex magistrado.

En su resolución, los jueces tuvieron por acreditado que Delfín Reynaldo Castedo Aguilar –detenido en el marco de una investigación que lo señalaba como líder de una asociación ilícita dedicada al tráfico de estupefacientes- pagó dádivas al ex magistrado salteño para evitar su detención. Así, a través de su abogado, en noviembre de 2013, Castedo Aguilar obtuvo su eximición de prisión –a pesar de que pesaba sobre él una orden de captura en el marco de la investigación de la Justicia de la Provincia de Salta por el homicidio de Liliana Ledesma- y posteriormente, en noviembre de 2014, se dictó un auto de mérito sin prisión preventiva que lo sometía a proceso imputado por conductas de narcocriminalidad y lavado de activos.

Asimismo, los camaristas consideraron que la declaración indagatoria de Castedo –efectuada el 5 de diciembre de 2013 ante el Juzgado Federal de Orán- fue falsificada ideológica y materialmente, toda vez que la firma inserta en el acta no le pertenecía al imputado. En tal sentido sostuvieron que “las incongruentes y forzadas resoluciones que el ex Juez dictó en la causa 'Castedo', solo se explican en un contexto de favorecimiento delictivo al líder de la banda que se investigaba en la causa nro. 52000148/2006, y para ello era necesario que se le reciba declaración indagatoria en la sede del Juzgado Federal de Orán, lo que evidentemente para Castedo no era una opción atento que tenía un pedido de captura vigente de la justicia provincial, aún a pesar de la garantía de impunidad con la que ya contaba a partir de la consumación del cohecho al juez de su causa federal”.

Por otra parte, la Sala I salteña también tuvo por probado que el ex juez Reynoso hizo lugar una medida autosatisfactiva que le permitió a Pablo Elías Torres, ingresar mercadería al país pese a las restricciones aduaneras existentes, la que se concretó luego de que el peticionante presentara un escrito mediante el que se comprometía “a aportar a favor de la Fundación Esperanza para una Vida Mejor (...) un 5% de los beneficios económicos” que obtenía por su actividad comercial. En ese orden de ideas destacaron que “este ofrecimiento, más allá de ser sorprendente por sí mismo evidencia su real significado cuando se analiza bajo las circunstancias en las que se produjo” y agregó que “lo desopilante de la oferta es que fue realizada justamente a favor de una fundación en la que Gaona, cuñado del ex juez Reynoso, integraba la comisión directiva”.

La resolución también confirmó la responsabilidad de Reynoso, por cuanto dispuso la devolución de dinero secuestrado, en diferentes causas por contrabando de divisas. “La decisión de entregar el dinero incautado no se trató de un simple yerro judicial a partir de un disímil criterio sobre la materia, tal como lo dejó entrever el propio imputado Raúl Juan Reynoso al sostener que se lo estaba juzgando por el 'contenido de sus resoluciones', sino que  configura provisoriamente el delito de prevaricato si se lo valora en un contexto integral. En efecto, a la luz de las demás irregularidades  observadas en esta causa y en aquella en la que se acreditó de forma provisoria el accionar delictivo de la asociación ilícita liderada por Reynoso, cuya vigencia y operatividad se desarrolló en circunstancias temporales y espaciales concomitantes a los hechos que se investigan en esta pesquisa, permite inferir que las erradas decisiones de entregar el dinero secuestrado, sin requerirle opinión previa a la Fiscalía y, luego, sin proveer  fundadamente el expreso pedido del acusador público de que se resguarde el interés del Fisco, son el resultado de un obrar espurio, todo lo cual permite a esta altura tener por acreditada, con el grado de probabilidad exigido para la etapa procesal por la que transita el proceso, la responsabilidad penal del entonces juez Raúl Juan Reynoso en orden al delito de prevaricato, cuyo análisis de la figura se comparte”, concluyeron los camaristas.

De este modo, la Sala I de la Cámara Federal de Apelaciones de Salta confirmó el procesamiento del ex juez Reynoso, por lo que la pesquisa se encamina hacia la etapa de juicio oral, la cual ya es transitada por el ex magistrado, en virtud de otros hechos delictivos consumados bajo  la misma modalidad.