27 de abril de 2024
27 de abril de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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Investigación de la Fiscalía Federal N°2 de Mar del Plata
Mar del Plata: procesaron a los dueños del prostíbulo “La Posada” por lavado de activos y les trabaron un embargo de 100 millones de pesos
Así lo dispuso el juez federal Santiago Inchaustí, quien además les prohibió la salida del país. Otra mujer imputada fue sobreseída.

En el marco de la investigación desarrollada por la Fiscalía Federal N°2 de Mar del Plata, el juez federal Santiago Inchausti, a cargo del Juzgado Federal N°3 de esa jurisdicción, dictó el procesamiento sin prisión preventiva de Aníbal Raúl Ramón Soria y María del Carmen Castrege como coautores de lavado de activos provenientes del delito procedente de trata de personas, trabó embargo sobre sus bienes hasta cubrir la suma de 100 millones de pesos y prohibió su salida del país.

En línea con el pedido de la fiscalía, dispuso también el sobreseimiento de Alicia Acevedo Galeano, pareja del fallecido Juan Carlos Mottillo, tío de la imputada Castrege e integrante de las firmas que explotaban comercialmente el prostíbulo y el hotel.

Los hechos

Soria y Castrege llegaron a juicio acusados de ofrecer los servicios sexuales de mujeres extranjeras en el bar “La Posada”, que luego eran consumados en el hotel “El Paraíso”. Las víctimas eran alojadas en otro inmueble, donde vivían en condiciones de hacinamiento y falta de higiene. Diariamente las trasladaban al predio de “La Posada”.

En marzo de 2017, el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Mar del Plata los absolvió de la imputación de trata de personas bajo la modalidad acogimiento de persona mayor de 18 años agravado por la pluralidad de víctimas, y explotación económica de la prostitución ajena. La Procuraduría de Trata y Explotación de Personas (PROTEX) apeló la decisión y, en mayo de 2018, la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal anuló la absolución del hombre y ordenó la conformación de un nuevo tribunal para la realización de un nuevo debate ajustado a derecho.

En la investigación por delitos económicos, la Fiscalía Federal N°2 de Mar del Plata -que contó con la colaboración de la Procuraduría de Criminalidad Económica y Lavado de Activos (PROCELAC)- le imputó a Soria y Castrenge haber vendido los inmuebles donde funcionaban el bar “La Posada” y el hotel “El Paraíso”, para así desprenderse de esos bienes y evitar que puedan ser decomisados. También, se les imputó poner en circulación en el mercado, con apariencia lícita, esos bienes de procedencia ilegal.

"La actividad ilícita fue enmascarada como un comercio gastronómico, circunstancia que les permitió canalizar el dinero ilícito como entradas y consumiciones de bebidas, sin que quede asentado que el verdadero motivo de esos pagos por parte de los clientes/prostituyentes era la contraprestación para tener relaciones sexuales con las mujeres explotadas".

En su resolución, el juez federal Santiago Inchausti afirmó que “los sindicados al menos a partir del año 2011 de manera organizada, vinculada o allegada entre sí, de forma habitual y producto de una actividad ilícita previa relacionada a la explotación de la prostitución ajena, habrían logrado y/o intentado poner en circulación en el mercado local dos bienes inmuebles que habrían sido obtenidos mediante diversos negocios jurídicos, con intervención de personas jurídicas y físicas, logrando que adquieran así la apariencia de un origen lícito. Y la pantalla o maniobra cosmética para disimular ese patrimonio estaría originada en diversas maniobras”.

El juez explicó en su resolución que, para ello, los imputados conformaron una sociedad para explotar el hotel “El Paraíso”, cuyo capital provenía de las ganancias obtenidas por la explotación sexual de las mujeres en el bar “La Posada”. Por otra parte, indicó, la pareja adquirió distintos vehículos, algunos de los cuales fueron utilizados para el traslado de las víctimas, y no podrían haber sido adquiridos con sus ingresos declarados.

“Es decir, en poco tiempo, los imputados realizaron múltiples maniobras para transformar los bienes obtenidos con el producto del delito en dinero (líquido) para poder continuar administrando, a la vez que lo escondían del alcance de la justicia”, recalcó el juez en su resolución.

Procesamientos

En base a las pruebas recolectadas durante la investigación, el juez tuvo probado que “el proceso de reciclaje comenzó en el momento en que la actividad ilícita fue enmascarada como un comercio gastronómico, circunstancia que les permitió canalizar el dinero ilícito como entradas y consumiciones de bebidas, sin que quede asentado que el verdadero motivo de esos pagos por parte de los clientes/prostituyentes era la contraprestación para tener relaciones sexuales con las mujeres explotadas. Con ello se cumplía con la primera etapa de colocación del lavado. Además, con dinero de la actividad de explotación en primer lugar compraron el lote, luego construyeron el hotel y lo explotaron, y en última instancia lo transformaron en dinero en efectivo con las transacciones del año 2011, que incluyeron ambos inmuebles”.

También destacó que “no surgen elementos que puedan justificar la existencia de fondos lícitos para respaldar tales erogaciones que dan cuenta de un incremento patrimonial desmedido” y agregó que “las enajenaciones de los dos inmuebles habrían respondido a una lógica de desprendimiento patrimonial de sus titulares que ya estaban siendo investigados por la justicia federal. Añadió que, contando con la intervención de un tercero que alega ser adquirente de buena fe, los imputados habrían intentado subrogar los bienes inmuebles, pasibles de decomiso, para convertirlos en dinero en efectivo y dificultar la acción de la justicia en la recuperación de activos, como también poner el producido de los mismos en circulación en el mercado, a fin de que adquieran la apariencia de origen ilícito. En suma, ese dinero obtenido es un corolario de las maniobras de carácter progresivo de lavado de activos que los imputados realizaron mediante la administración de los ingresos obtenidos de la actividad ilícita”.