En línea con lo solicitado por el fiscal general Alberto Gentili en su alegato, el Tribunal Oral en lo Criminal Federal (TOF) N°2 de San Martín condenó el lunes pasado a penas de entre 3 años y 9 meses y 24 años de prisión a 27 personas por su participación en una organización que, bajo la apariencia de una congregación religiosa denominada Templo Filadelfia, funcionó durante casi cinco décadas y sometió a personas en situación de vulnerabilidad a un sistema de explotación laboral y reducción a la servidumbre.
La condena más elevada recayó sobre Eva Petrona Pereyra —de 81 años y actualmente detenida en el Complejo Penitenciario Federal IV de Ezeiza—, a quien el tribunal consideró jefa u organizadora de la asociación ilícita y coautora de los delitos de reducción a la servidumbre y trata de personas con fines de explotación laboral agravada. Además, fue condenada como partícipe necesaria de los delitos de supresión de identidad de un menor, sustracción y retención de un menor y falsedad ideológica de documento público.

Cartel de lo que era la sede central de Templo Filadelfia en la localidad bonaerense de San Justo. Foto: Policía de la Provincia de Buenos Aires
Entre otras medidas de carácter patrimonial, el tribunal también fijó reparaciones económicas para 27 víctimas por un total de $2.170.467.831,20, que deberán actualizarse conforme a la tasa activa del Banco de la Nación Argentina; el decomiso de 46 inmuebles y doce automóviles; y la subasta de otros 15 vehículos.
Según se estableció durante el debate, la organización funcionó al menos entre 1972 y el 1° de diciembre de 2020, con sede central en San Justo, partido de La Matanza, y anexos en distintos puntos del país, además de Paraguay y Brasil.
El juicio comenzó el 23 de octubre de 2024 ante el tribunal integrado por los jueces Fernando Machado Pelloni, Walter Venditti y Nicolás Toselli. Durante las audiencias declararon más de 200 testigos. Los fundamentos de la sentencia serán dados a conocer el 18 de noviembre.
La investigación fue instruida por la Fiscalía Federal N°1 de Morón, cuyo titular es Sebastián Basso y en la etapa de instrucción tuvo intervención Santiago Marquevich como subrogante, con la colaboración de la Procuraduría de Trata y Explotación de Personas (PROTEX), de la Dirección General de Acompañamiento, Orientación y Protección a las Víctimas (DOVIC) —que también intervino durante el debate— y de la Dirección General de Recuperación de Activos y Decomiso de Bienes (DGRADB).
El detalle de las penas
Eva Petrona Pereyra fue condenada a 24 años de prisión por asociación ilícita, en calidad de jefa u organizadora; reducción a la servidumbre y trata de personas con fines de explotación laboral agravada, como coautora. También fue considerada partícipe necesaria de los delitos de supresión de identidad de un menor, sustracción y retención de un menor y falsedad ideológica de documento público, en concurso ideal.
Rigoberto Ismael Mora Bogado recibió 21 años de prisión por asociación ilícita, reducción a la servidumbre y trata de personas con fines de explotación laboral agravada, como coautor, y por su participación necesaria en el delito de falsedad ideológica.
A Carlos Raúl Barrionuevo, Griselda Noemí Lemos, Norma Beatriz Gutiérrez, Mónica Susana Gutiérrez, Guillermo David Alza, María Luisa Alza y Martín Carlos Cáceres les impusieron 18 años de prisión por los delitos de asociación ilícita, reducción a la servidumbre y trata de personas con fines de explotación laboral agravada, todos ellos en calidad de coautores.
Por los mismos delitos y también en calidad de coautores, Ruth Mora Bogado recibió una pena de 15 años de prisión y Katherine Esther Alegre Herrera, Carina Lidia Torres, Silvia Adriana Torres, Juan Pablo Mora Bogado, Ramón Omar Carranza y Claudio Rubén Álvarez, una de 14 años de prisión. En el caso de Osvaldo Horacio Gutiérrez, la pena fue de 10 años y 9 meses.

La lectura del veredicto fue trasmitida por el canal de YouTube del Poder Judicial de la Nación. Algunos de los condenados lo escucharon desde sus sitios de detención. Foto: captura de YouTube.
Fabio Bernabé Aguirre y Claudio Gabriel Aguirre fueron condenados a 8 años de prisión como coautores del delito de asociación ilícita y partícipes secundarios de los delitos de reducción a la servidumbre y trata de personas con fines de explotación laboral agravada.
Por los mismos delitos y el mismo grado de participación, Carlos Matías Barrionuevo recibió 6 años y 9 meses; Olga Mabel Carranza y Liliana Beatriz Barrionuevo, 5 años y 9 meses; y Pablo Elías Carranza y Claudia Elizabeth Acosta, 5 años de prisión.
Finalmente, Víctor Abraham Ayunta fue condenado a 4 años y 6 meses, y Damaris Fernanda Sabich, a 3 años y 9 meses, en ambos casos únicamente por el delito de asociación ilícita. Los dos fueron absueltos de los delitos de trata de personas agravada y reducción a la servidumbre por los que habían llegado a juicio.
El tribunal también declaró extinguida la acción penal por prescripción respecto de determinados hechos que damnificaron a nueve personas y, en el caso de Eva Petrona Pereyra, respecto del abuso sexual en perjuicio de una víctima.
Reparaciones, decomisos y otras medidas
El tribunal fijó reparaciones económicas para 27 víctimas, por montos individuales de entre $2.538.284 y $223.338.864, con actualización conforme a la tasa activa del Banco Nación. El monto global asciende a $2.170.467.831,20.
Además, ordenó el decomiso de 46 inmuebles ubicados en las provincias de Buenos Aires, Mendoza, Entre Ríos, Salta, Córdoba, Tucumán y Río Negro; de 12 vehículos y del dinero secuestrado, tanto en moneda nacional como extranjera. También dispuso mantener la subasta de otros 15 automotores que había sido ordenada durante la instrucción. El trámite respecto de otros dos inmuebles continuará por vía incidental.
Como parte de las medidas dispuestas en la sentencia, el tribunal ordenó dar de baja la inscripción de Templo Filadelfia del Registro Nacional de Cultos y librar un oficio a la Secretaría de Culto del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto.

Habitación de la principal condenada y líder de la organización, Eva Petrona Pereyra, durante un allanamiento realizado en 2019. Foto: Policía de la Provincia de Buenos Aires
También dispuso inscribir el desplazamiento de la filiación materna respecto de dos víctimas, al haberse determinado que no eran hijos biológicos de las mujeres que figuraban como sus madres. Ambos conservarán su nombre, apellido y número de documento.
Por otro lado, el TOF declaró la nulidad de dos matrimonios celebrados entre víctimas —uno en 1987 y otro en 2007— al considerar que los contrayentes habían sido constreñidos y no habían prestado su consentimiento.
Finalmente, el tribunal dispuso el decomiso y la destrucción de los teléfonos celulares, computadoras, notebooks y documentación secuestrada, con las excepciones establecidas en la sentencia y previa consulta al Juzgado Federal en lo Criminal y Correccional N°3 de Morón. También ordenó remitir testimonios del acta de debate, el fallo y sus fundamentos a ese juzgado y poner las actuaciones a disposición del Ministerio Público Fiscal para que evalúe la extracción de testimonios y la eventual investigación de delitos de acción pública vinculados con la atención médica recibida por las víctimas.
El alegato fiscal: aislamiento, control y explotación
Durante su alegato del 23 de junio pasado, el fiscal general Alberto Gentili había planteado que la organización funcionó como una estructura criminal sostenida durante décadas mediante mecanismos de sometimiento que combinaban el aislamiento, la vigilancia, las sanciones, el control de los vínculos y de la vida afectiva y sexual y la explotación laboral.
La acusación había señalado que las personas sometidas a ese sistema realizaban tareas sin remuneración ni protección laboral, entre ellas trabajos domésticos, actividades en una panadería y tareas de construcción y albañilería. Para la fiscalía, esos mecanismos permitieron obtener beneficios económicos y mantener un esquema prolongado de dominación sobre personas en situación de vulnerabilidad.
“En todos los casos, incluidos los niños, niñas y adolescentes, mujeres y hombres, no voy a poder dejar de mencionar la forma particular y groseramente intensa de control absoluto al que fueron sometidos, no solamente sobre sus cuerpos, sino sobre sus deseos y planes de vida”, sostuvo el fiscal general en su exposición.