El fiscal a cargo de la Fiscalía Nacional en lo Criminal y Correccional N°32, Leonel Gómez Barbella, y la auxiliar fiscal María Victoria Fiore le solicitaron a la responsable del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional N°7, Vanesa Peluffo, la elevación a juicio de la investigación seguida contra el oficial de la Comisaría Vecinal 4D Facundo Agustín Matías Torres. El efectivo está acusado de haber proporcionado el arma de utilería con la que fraguaron el procedimiento ilegal montado por efectivos la Policía de la Ciudad el 17 de noviembre de 2021 en la intersección de las calles Alvarado y Perdiel, en el barrio porteño de Barracas, que culminó en el homicidio del joven Lucas González y la tentativa de homicidio de sus tres amigos Niven Huanca Garnica, Julián Alejandro Salas y Joaquín Zuñiga Gómez.
Gómez Barbella y Fiore solicitaron que el oficial vaya a juicio como coautor de los delitos de falsedad ideológica, privación ilegal de la libertad agravada por abuso funcional y sin previsión de la ley, encubrimiento agravado por la condición de funcionarios públicos y por ser el delito precedente especialmente grave e imposición de torturas.
La prueba para la imputación a Torres surgió en el marco del juicio oral que culminó recientemente con las condenas a prisión perpetua a tres policías de la Ciudad y a penas mensurables para otros seis agentes por diferentes delitos en el marco de los hechos ocurridos en la mañana del 17 de noviembre de 2021.
En el debate fue acreditado que el inspector Gabriel Alejandro Issasi, el oficial mayor Fabián Andrés López y el oficial Juan José Nieva -quienes integraban la Brigada 6 de la División Brigadas y Sumarios de la Comuna 4 de la Policía de la Ciudad y circulaban en un automóvil Nissan Tiida- llevaron adelante un procedimiento arbitrario e ilegítimo para interceptar el vehículo Volkswagen Suran en el que se viajaban las víctimas y que, ante la creencia de que les iban a robar, los adolescentes intentaron escapar pero los policías dispararon varias veces contra el auto. Uno de los proyectiles impactó en la cabeza de González, lo que ocasionó su fallecimiento al día siguiente.
“La prueba recolectada conduce a afirmar con convicción que el imputado estaba en cabal conocimiento de lo acaecido con los damnificados y participó activamente del plan armado posteriormente para justificar el accionar de los miembros de la Brigada”, destacó la fiscalía.
Tal como estableció la fiscalía -y se tuvo por probado en el juicio- los policías intentaron “enmascarar” su accionar ilícito. Para ello, le informaron falsamente a las autoridades judiciales que se había tratado de un “enfrentamiento armado”, luego de que intentaran identificar a los ocupantes del automóvil que realizaba “maniobras imprudentes en la vía pública” y de que uno de los jóvenes empuñara un arma de fuego.
“Dentro de ese entramado en la ‘mise en scene’, el personal policial colocó un arma de utilería en el interior del automóvil en el que se desplazaban los damnificados, justamente para reforzar la versión inicial de los preventores, y por ende, mantenerlos injustificadamente privados de su libertad”, destacaron el fiscal Gómez Barbella y la auxiliar fiscal Fiore en el requerimiento de elevación a juicio.
En la audiencia del 1° de junio pasado, en el marco del juicio oral, uno de los integrantes de la Comisaría 4D, Héctor Cuevas -que fue condenado como responsable del encubrimiento y de la privación ilegal de la libertad de los jóvenes- sostuvo en su descargo haber visto cómo la policía “había plantado” el arma de juguete dentro del auto en el que iban las víctimas al momento de los hechos. Posteriormente, la Fiscalía Nacional en lo Criminal y Correccional N°32 identificó a Torres como el oficial que facilitó el arma falsa.
En tal sentido, la fiscalía puntualizó que “el encausado [Torres], inmediatamente después del supuesto ‘enfrentamiento armado’, se dirigió junto a Issasi hasta la dependencia policial donde prestaba funciones para tomar un arma de utilería que le entregó a su acompañante para que la coloque dentro del rodado Volkswagen, ubicado en la intersección de las calles Perdriel y Alvarado de esta Capital”.
Agregó que “los detalles del ilegítimo accionar desplegado ese 17 de noviembre de 2021, no solo se condicen con el tenor de la conversación que Cuevas mantuvo al día siguiente del hecho con un individuo al que le refirió ‘lo que hicieron los polis no tiene nombre’, ‘unos dementes’, ‘encima le ponen una pistola de juguete’, ‘yo fui el primero en llegar y vi todo lo que hicieron’”, sino que a ello debían sumarse los informes vinculados a la geolocalización de Torres y la moto Kawasaki Versys que tenía asignada, que fueran remitidos por la Oficina de Transparencia y Control Externo de la Policía de la Ciudad. Esa prueba, junto a las imágenes de las cámaras de seguridad de la zona y las conversaciones que mantuvieron los oficiales implicados en el homicidio y su posterior encubrimiento, fueron analizados por la Dirección General de Investigaciones y Apoyo Tecnológico a la Investigación Penal (DATIP) y permitieron desestimar la versión brindada por Torres en su declaración indagatoria.
En su descargo, el oficial había señalado que trasladó a Issasi hasta el lugar donde fueron detenidos los amigos de la víctima, previo pasar por la comisaría para retirar una “cinta de peligro”, de las que se usan para demarcar las escenas. Sin embargo, la fiscalía señaló que si Torres hubiese querido llevar al inspector al lugar donde estaban los adolescentes habría tomado un camino más directo que el que tomó. También destacó que “tampoco resulta lógica la urgencia que le imprimió, que en lugar de dirigirse directamente al escenario de los hechos, se desviaron para la seccional policial ubicada a más de diez cuadras con el argumento de buscar una ‘cinta de peligro’, cuya utilidad, por cierto, desconocían debido a que no sabían la clase de procedimiento que se realizaba en el lugar”.
Las cámaras de seguridad y las conversaciones que mantuvieron los oficiales implicados en el homicidio y su posterior encubrimiento permitieron desestimar la versión brindada por Torres en su declaración indagatoria y afianzar la acusación.
La fiscalía señaló que, de este modo, los agentes alteraron la escena del hecho “con el objetivo de encubrir el delito previamente cometido”. En el requerimiento además señalaron que “el Subcomisario [Roberto] Inca -encargado de efectuar la consulta telefónica con la autoridad judicial en turno- demoró más de una hora y media después de acaecidos los ilícitos, es decir hasta que la réplica del arma de fuego ya había sido ‘plantada’, y de esta forma, armar la escena y coordinar sus relatos”.
“La prueba recolectada conduce a afirmar con convicción que el imputado estaba en cabal conocimiento de lo acaecido con los damnificados y participó activamente del plan armado posteriormente para justificar el accionar de los miembros de la Brigada”, destacó la fiscalía en el requerimiento de elevación a juicio.
Antecedentes del caso: los hechos acreditados
El Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional N°25 de la Ciudad de Buenos Aires condenó en julio pasado a prisión perpetua al inspector Issasi, al oficial mayor López y al oficial Nieva por el homicidio quíntuplemente agravado por haber sido cometido por arma de fuego, por alevosía, por odio racial, por el concurso premeditado de dos o más personas y por haber abusado de su función por ser integrante de fuerza de seguridad, en perjuicio de Lucas González, la tentativa de homicidio agravada -por las mismas causales- de Garnica, Salas y Zuñiga Gómez y por su privación ilegítima de la libertad agravada por haberse dado con abuso de funciones o sin formalidades prescritas por ley y por falsedad ideológica.
Por su parte, el comisario Rodolfo Alejandro Ozán -a cargo de la Comisaría Comunal 4 A-; los comisarios Fabián Alberto Du Santos y Juan Romero; y el subcomisario Inca, fueron condenados como responsables del delito de encubrimiento por haber ayudado a Isassi a alterar pruebas de un delito agravado por tratarse el hecho precedente un delito especialmente grave y por ser el autor un funcionario público en el ejercicio de sus funciones y por la privación ilegítima de la libertad agravada por abuso de sus funciones o sin formalidades prescritas por ley.
También se les impusieron penas al oficial Sebastián Baidón por el delito de torturas, y a Cuevas, como responsable del encubrimiento y de la privación ilegal de la libertad.
Finalmente, el comisario inspector Daniel Alberto Santana -jefe de la comuna 4 de la Policía de la Ciudad; el subcomisario Ramón Jesús Chocobar y los oficiales Jonathan Alexis Martínez, Ángel Arévalos y Daniel Rubén Espinosa –todos integrantes de la Comisaría Vecinal 4D- fueron absueltos.