05 de diciembre de 2024
05 de diciembre de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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Por liderar la organización narcocriminal que operó en el barrio Padre Ricciardelli del Bajo Flores
“Marcos” Estrada Gonzáles fue condenado a 17 años de prisión
Lo resolvió el TOF Nº3 de la Capital Federal, que le dictó una pena unificada de 24 años por una condena anterior, en línea con lo postulado por el fiscal general Diego Velasco. El veredicto alcanzó a su pareja Silvana Salazar, a quien se impusieron 13 años, y otras 36 personas.

El Tribunal Oral Federal N°3 condenó hoy a 17 años de prisión a Marco Antonio Estrada Gonzáles, al encontrarlo como el líder de una organización destinada al tráfico ilícito de estupefacientes, en la modalidad de comercio, y acopio de armas de fuego. Los jueces convalidaron lo postulado por la Fiscalía General N°6, a cargo de Diego Velasco, que en su alegato había solicitado esa misma pena, unificada en 24 años por una condena anterior. De esa manera, se tuvo por acreditado que “Marcos” lideró una organización dedicada al tráfico de cocaína, paco y marihuana en el barrio Padre Ricciardelli -también conocido como Villa 1.11.14- y sectores de la provincia de Buenos Aires.

El Tribunal le impuso penas a otras 37 personas que entre 2009 y 2017 formaron parte de la estructura narcocriminal con asiento en el Bajo Flores, según distintos grados de autoría y participación. Entre ellas se cuentan la pareja de “Marcos”, Silvana Salazar, quien fue condenada a 13 años de prisión. La pena también fue unificada: en su caso, en 18 años. Asimismo, fue alcanzada por el veredicto la madre de Salazar, Lily Enríquez Alarcón, a quien se aplicaron cuatro años y medio de prisión por su participación secundaria en los hechos.

Los fundamentos de la sentencia serán dados a conocer el 5 de febrero próximo. Al leer la parte dispositiva -que se transmitió por YouTube-, el presidente del tribunal Javier Ríos comunicó el rechazo a la totalidad de nulidades -casi una treintena- planteadas por las defensas sobre la investigación, procedimientos, resoluciones judiciales y detenciones, entre otras. También se hizo lugar al decomiso del dinero y vehículos secuestrados durante el proceso, tal como lo requiriera el Ministerio Público Fiscal.

Entre las penas más altas se encuentran las de Jair Danny Aguilar Fernández (12 años y medio), Gladis Santos Carhuachin (12 años), Andy Yovanny Andrés Jauregui (11 años), Manuel Guillermo Vega Tello (9 años y medio), Freddy Lloclla Carpio, Carlos Alexis Aguirre Becerra, Manfer Abel Noriega Narro (9 años), Luis Federico Donayre Santa Cruz (8 años y medio), José Luis Monge Berrocal, Virginia Esperanza Santos Carhuachin, Juan Fernando Colona Risco, Javier Leandro Reyes y César Augusto Reyes Zubieta (7 años), entre otras. Hubo además por montos menores y de ejecución condicional.

“Una empresa dedicada al comercio de estupefacientes”

En la exposición de su alegato, desarrollado durante dos audiencias en agosto, Velasco utilizó soporte gráfico y audios para ilustrar acerca del funcionamiento de la organización en relación al fraccionamiento, almacenamiento y distribución de estupefacientes. La fiscalía tuvo por acreditado, además, que los ahora condenados hacían uso de múltiples armamentos como una forma de control territorial y protección del negocio ilegal. El MPF detalló el despliegue en el barrio de una serie de “barricadas y obstáculos dispuestas hacia el interior de los pasillos” con el fin de impedir u obstaculizar el ingreso de las fuerzas de seguridad.

“Estamos ante una empresa dedicada al comercio de estupefacientes hacia el interior de la Villa 1.11.14, y para llevar a cabo esta actividad se conformó por distintas jefaturas a cargo de la entrega de la drogas, el control de las ventas, la recolección de los producido y su entrega final”, había enfatizado la fiscalía general, quien contó con la colaboración de la Procuraduría de Narcocriminalidad (PROCUNAR) y la Dirección General de Investigaciones y Apoyo Tecnológico a la Investigación Penal (DATIP).

Asimismo, en relación a las jefaturas intervinientes en cada “turno”, la fiscalía señaló que la relación de superioridad se exponía de forma reiterada en las conversaciones que sostenían mediante mensaje de texto o llamadas telefónicas. Allí se evidenciaba cómo “Marcos”, junto a su pareja Salazar, daba órdenes en relación a los montos y cuándo debían ir a rendirle el dinero obtenido mediante las ventas.

El debate oral empezó hace casi un año y medio. Tras la interrupción por la pandemia de coronavirus, el juicio se reanudó en junio de este año mediante una plataforma provista por el Consejo de la Magistratura de la Nación y transmitido por YouTube. Los acusados siguieron el veredicto desde sus lugares de detención en domicilios y los penales de Ezeiza, Marcos Paz y Devoto.