En línea con el pedido del responsable de la Fiscalía Nacional en lo Criminal y Correccional N°32, Leonel Gómez Barbella, el titular del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional N°7, Martín Del Viso, dispuso que la reconstrucción del homicidio de Lucas González, el joven futbolista baleado el pasado 17 de noviembre en el barrio porteño de Barracas, continúe el próximo martes 7 de diciembre.
En el acto estarán presentes -siempre que así lo autoricen sus padres dado que son menores de edad- los tres jóvenes que viajaban con González en el automóvil Volkswagen Surán, quienes serán asistidos por personal de la Dirección General de Acompañamiento, Orientación y Protección a las Víctimas (DOVIC). Asimismo, el fiscal Gómez Barbella pidió que la reconstrucción fuera presenciada también por todos los abogados defensores de los nueve efectivos policiales imputados hasta ahora, pero los mismos no podrán tener ningún tipo de contacto con los jóvenes ni sus familiares “a fin de no revictimizar a los niños ni que sus dichos se puedan ver afectados”.
En ese sentido, el representante del Ministerio Público Fiscal destacó que por tratarse de un hecho reciente cuyos imputados pertenecen a fuerzas de seguridad se consideró la especial vulnerabilidad en que se encuentran los adolescentes por su condición de contar con tan solo 17 años de edad. Para así proceder, el fiscal Gómez Barbella, tomó en cuenta un informe anterior elaborado por la DOVIC, en otro acto procesal, donde se recomendaba que no participasen los imputados ni sus defensores, debido a que ello conllevaba -dado que era un hecho de violencia policial- una revictimización de los jóvenes.
Finalmente, el juez Del Viso dispuso que la medida se realice el próximo martes 7 de noviembre, con los recaudos pertinentes para evitar afectar la salud psíquica de las víctimas, para lo cual los padres de los menores de edad deberán dejar asentado en un acta que prestan su consentimiento para que sus hijos intervengan en la reconstrucción del homicidio de su amigo.
También ordenó que la medida sea íntegramente grabada en video y que “deberá evitarse toda molestia o revictimización que pueda ocasionar a las víctimas de los hechos investigados, limitándose su intervención a lo estrictamente imprescindible (conf. Ley de Derechos y Garantías de las Personas víctimas de delitos nro. 27.372)”.