La Cámara Federal de Corrientes, integrada por las juezas Mirta Gladis Sotelo, Selva Angélica Spessot y Nadya Aymara Moor, rechazó los planteos de las defensas y, en línea con lo solicitado por el Ministerio Público Fiscal, confirmó este lunes los procesamientos de Mario Giudici, el escribano Oscar Cassani y Mario Boschetti por considerarlos responsables del delito de “lavado de activos de origen delictivo” llevado a cabo con habitualidad. Los dos primeros, en carácter de autores y el último, como partícipe necesario. Asimismo, las juezas confirmaron el embargo de sus bienes hasta cubrir la suma de 9 millones de pesos cada uno.
Los imputados están acusados de realizar, de manera coordinada, la transferencia de un bien inmueble situado en la calle Pago Largo al 900 de la capital provincial, por una suma cercana a los 3 millones de pesos, mediante la simulación de diferentes operaciones de compra y venta, utilizando sus nombres propios y los de la firma “San Francisco Agropecuaria S.A”, vinculada a uno de ellos. De esa manera, habrían convertido fondos ilícitos originados de las actividades delictivas, cometidas a través de la cooperativa de crédito y servicios Pyramis, en un nuevo bien registrable y disimulado su procedencia ilegal.
El juez de primera instancia, Juan Carlos Vallejos, había señalado que las operaciones de compra-venta que conformaron esta investigación no deben ser interpretados como hechos aislados "sino comprendidos como un eslabón más de las distintas maniobras de lavado de activos que llevó adelante Mario Boschetti, por las cuales fue procesado por el delito de lavado de activos".
Para las juezas del tribunal de alzada, “a esta altura del proceso, y en función a las actuaciones vinculadas a la presente, ya se encuentra acreditado el vínculo existente entre los nombrados de autos y la Cooperativa Pyramis”.
La instrucción de la causa estuvo a cargo del fiscal Flavio Ferrini, titular de la Fiscalía Federal Nº1 de Corrientes y subrogante de la N°2 -a través de la cual intervino en esta causa-, quien cuenta con la asistencia de la Procuraduría de Criminalidad Económica y Lavado de Activos (PROCELAC), a cargo de Mario Villar y María Laura Roteta.
“A esta altura del proceso, y en función a las actuaciones vinculadas a la presente, ya se encuentra acreditado el vínculo existente entre los nombrados de autos y la Cooperativa Pyramis”, sostuvieron las camaristas.
Delito precedente
De acuerdo con la imputación de la fiscalía, el 12 de febrero de 2015 Giudici adquirió el inmueble por casi tres millones de pesos a través de la firma San Francisco Agropecuaria S.A. La actuación del hombre, indicó el MPF, “permitió ocultar una relación crediticia existente” entre el vendedor “y la Cooperativa Pyramis que formaba parte del conjunto de actos ilícitos de intermediación financiera no autorizada desarrollados por la entidad. Esto es así porque la venta del bien inmueble de la calle Pago Largo a la firma San Francisco Agropecuaria S.A. tuvo como objeto la cancelación de una deuda” que se había contraído con la cooperativa, de la que Giudici formaba parte como síndico suplente.
Apenas once días después -el 23 de ese mes-, también mediante San Francisco Agropecuaria, la propiedad fue vendida a Mario Argentino Boschetti a cambio de 3 millones de pesos en efectivo. De acuerdo al MPF, Boschetti era vocal suplente de Pyramis y el contador Oscar Belén Cassani certificó las firmas del boleto de compra-venta.
“Esta operación de compra-venta le sirvió a la firma San Francisco Agropecuaria S.A. para justificar fondos ilícitos”, ya que -explicó la fiscalía- el primer vendedor “no recibió dinero como contraprestación por la venta del inmueble, sino que se trató de un acto simulado por la suma de $1.500.000 en efectivo y la asunción de la hipoteca que pesaba sobre el bien”. Con la segunda operación, “la firma presidida por Giudici pudo generar un saldo a favor de $3.000.000, mientras que el comprador convirtió sus fondos ilícitos en el bien inmueble en cuestión”.
Esa operación se enmarca en la actividad ilegal desarrollada desde la cooperativa Pyramis. En efecto, los directivos de esa sociedad fueron procesados -y la fiscalía solicitó su juzgamiento en juicio oral y público- por el delito de intermediación financiera no autorizada previsto en el artículo 310 del Código Penal, por haber captado, desde el año 2012 hasta al menos octubre de 2015, “fondos del público, los que fueron posteriormente utilizados para el otorgamiento de préstamos, descuento de cheques, la realización de operaciones cambiarias, entre otras, cuando dicha cooperativa carecía de autorización por parte del Banco Central de la República Argentina”, según la imputación de la fiscalía.
“Mediante este accionar, obtuvieron alrededor de $68.500.000 provenientes de personas ajenas a la entidad y capitalizaron intereses por más de $9.500.000, lo que permitió acreditar el montaje de una verdadera ‘banca de hecho’ con, al menos, 212 clientes confirmados”, explicaron Ferrini y Roteta al momento de solicitar el procesamiento de los imputados en marzo de 2019.
En esa línea, el y la representante del MPF agregaron que los frutos de la actividad ilegal no sólo fueron empleados para sostener y retroalimentar “el funcionamiento ilícito de la cooperativa Pyramis, sino que también se canalizaron hacia la economía formal con la finalidad de disimular su ilicitud de origen y así facilitar a las personas físicas investigadas su mejor disfrute”.