El titular del Juzgado en lo Criminal y Correccional n°3 de Córdoba, Miguel Hugo Vaca Narvaja, hizo lugar a un requerimiento del Ministerio Público Fiscal y, en consecuencia, dispuso el embargo preventivo del importe neto de una importante cantidad de cheques incautados en el marco de la causa “CBI Cordubensis”, que investiga maniobras de intermediación financiera no autorizada, evasión y lavado, entre otros delitos, por parte de los responsables de esa firma. Se trata de 1687 cheques por un valor total de casi 108 millones de pesos, documentos que se encuentran vencidos y sin presentar al cobro. Ahora bien, el embargo ordenado por el magistrado, en base a lo peticionado por el MPF, es sobre el excedente de lo que resulte de la liquidación de la quiebra, actualmente en marcha.
La medida precautoria de índole patrimonial había sido solicitada en junio de 2015 por el fiscal federal de Córdoba Enrique Senestrari, en forma conjunta con la Procuraduría de Criminalidad Económica y Lavado de Activos (Procelac) y la Unidad de Recupero de Activos. En su presentación, respaldaron el embargo preventivo con fines de decomiso, ya que los valores secuestrados habrían resultado los medios instrumentales necesarios para consumar la operatoria ilegal de intermediación financiera no autorizada. Asimismo, los representantes del MPF hicieron hincapié en el riesgo que implica la prolongada duración del proceso judicial, en atención a la complejidad de la operatoria investigada, “donde se sospecha de la existencia de un numeroso grupo de sujetos, con una organización estable y una estructura financiera montada a fines de cometer ilícitos de índole económica”.
El embargo ordenado por el magistrado, en base a lo peticionado por el MPF, es sobre el excedente de lo que resulte de la liquidación de la quiebra.
Ante lo peticionado, el titular del Juzgado Federal n°1 de Córdoba Ricardo Bustos Fierro –por entonces a cargo de la causa- libró un exhorto al Juzgado de 1ra Instancia y 7ma. Nominación en lo Civil y Comercial a cargo de Saúl Silvestre, donde tramita la quiebra de “Cordubensis S.A.”, por cuanto los cheques –e importe obtenido por el cobro de algunos de ellos- habían sido incorporados al procesal falencial. Esa decisión fue apelada por la Fiscalía Federal a cargo de Senestrari. Con posterioridad, la Cámara Federal de Apelaciones rechazó el recurso interpuesto, y le ordenó al Juzgado Federal n°3 a cargo de Vaca Narvaja expedirse acerca de lo peticionado, teniendo en cuenta para ello lo dictaminado por la Fiscalía General de la Provincia de Córdoba, el informe de la Sindicatura y la decisión del magistrado a cargo de la quiebra de CBI Cordubensis. En septiembre de 2015 el tribunal de alzada desplazó a Bustos Fierros del expediente.
A la hora de resolver, Vaca Narvaja tuvo en cuenta que dentro de las actividades ilícitas supuestamente atribuidas a los responsables de Cordubensis S.A. se encuentra la adquisición de cheques a un valor inferior al de su libramiento, operatoria comúnmente denominada “descuento de cheques”, así como también la caución de valores en garantía de depósitos, operaciones financieras para las cuales la sociedad no contaba con autorización por parte del Banco Central de la República Argentina. En esa línea, señaló que “no cabe duda” que los numerosos cheques entregados a los síndicos por el Juzgado Federal n°1 “serían los instrumentos del delito de intermediación financiera no autorizada que se investiga”.
El 15 de septiembre de 2014 se produjo la declaración de la Quiebra de Cordubensis y dos meses después el Juzgado Federal n°1 entregó a los síndicos designados los cheques incautados en los distintos allanamientos. En ese escenario, el juez federal Vaca Narvaja indicó que corresponde hacer lugar a la medida solicitada bajo el criterio de evitar que se consolide el provecho del delito bajo investigación.
En este sentido, el magistrado ordenó que, una vez ejercidas las acciones correspondientes, se coloquen a disposición del juzgado a su cargo los importes netos obtenidos o a obtener de los cheques a los efectos de asegurar la eventual pena pecuniaria (multa) prevista para el ilícito de intermediación financiera y bursátil no autorizada que se investiga en la causa principal.